ECONOMÍA    

Período de gracia para reprogramación o refinaciamiento

Extensión de diferimiento de créditos pudo afectar al sistema financiero



La ampliación del diferimiento de los créditos en el sistema financiero pudo haber provocado inconvenientes a las entidades bancarias, en su liquidez; por ello, el Gobierno adoptó implementar un período de gracia de 4 meses como mínimo, de por lo menos el interés, y dependerá de la evaluación y de las características de cada persona para aumentar el periodo.

“Como mínimo se está poniendo una base de cuatro meses y en función a la evaluación que se haga y a las características de cada uno de los deudores, haciendo un análisis caso por caso, podrán acordar con la entidad financiera un plazo mayor”, dijo la viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza.

En una conferencia de prensa, la autoridad explicó que el Ministerio de Economía acordó con la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitir una resolución estableciendo ese beneficio para los prestatarios que todavía no pueden pagar sus créditos.

“Cuando hablamos de periodos de gracia, estamos hablando que se paga una porción pequeña. Generalmente es el interés que se debe pagar”, apuntó.

Espinoza recordó que el año pasado, cuando se estableció el diferimiento en el pago de los créditos por la pandemia del coronavirus, no se canceló ni capital ni interés, una situación que no puede continuar para no afectar la estabilidad de las entidades financieras.

El Gobierno Central decidió otorgar un periodo de gracia de cuatro meses para la reprogramación y/o diferimiento de créditos con cuotas diferidas. Para ello, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) emitió la Resolución ASFI 32021, la cual dio a conocer a las entidades financieras mediante una circular.

En conferencia de prensa, la Viceministra de Pensiones y Servicios Financieros, Ivette Espinoza, y el Director Ejecutivo de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), Reynaldo Yujra, informaron sobre la incorporación en la normativa emitida por ASFI.

A través de la Resolución ASFI 32021, la cual dio a conocer a las entidades financieras mediante una circular, se establece un periodo de gracia, de al menos cuatro (4) meses, para las operaciones de refinanciamiento y/o reprogramación de créditos cuyas cuotas fueron diferidas, en el marco del Decreto Supremo N°4409 de 2 de diciembre de 2020.

La incorporación del periodo de gracia favorecerá a todos los prestatarios en general, cuyos créditos fueron diferidos en sujeción Decreto Supremo 4409, permitiéndoles contar con un tiempo durante el cual no tendrán que pagar la cuota parte del capital, además de lograr mayor plazo para el pago de sus obligaciones crediticias, lo que posibilitará reactivar sus actividades económicas.

Acuerdo

El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, en coordinación con el Ministerio de Desarrollo Productivo y Economía Plural y la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI), producto de las reuniones realizadas con los diferentes gremios, determinaron incorporar en la reglamentación emitida por ASFI la posibilidad de que el Sistema Financiero otorgue periodos de gracia para los créditos que fueron beneficiados con el diferimiento que, en el marco del decreto 4409, accedan al refinanciamiento y/o reprogramación de dichos créditos.

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