Analistas sostienen

Artículo 10 de Ley 212 debe ser impugnado

Empresas tienen derecho a la defensa en cualquier contencioso administrativo.

Los empresarios deberían iniciar acciones legales para impugnar el contenido del artículo 10, parágrafo II, inciso 7), de la Ley 212 de Transición Judicial, si consideran que la norma vulnera la seguridad jurídica de las inversiones, coincidieron en afirmar los economistas Gonzalo Chávez y Armando Méndez.

En criterio del analista Chávez, primero se tiene que considerar los perjuicios y como afectará al sector la citada norma. “Hay que buscar una solución porque no sólo se pagarán de manera antelada por un juicio, de tal manera que ahora no habrá seguridad jurídica y lo peor habrá una indefensión total para los empresarios”, afirmó.

Por su parte, el economista Armando Méndez sostiene que ésta es una normativa que perjudica a todos los sectores. “Cualquier empresa tiene que tener derecho a la defensa en cualquier contencioso administrativo y esta normativa inviabiliza ese derecho y es importante reconsiderar el artículo 10 por la Asamblea Nacional Legislativa y buscar la mejor forma para que las empresas procedan a defenderse sin tener que pagar”, dijo.

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