Lo que no debemos callar
En ocasión de la aprobación y promulgación de la denominada “Nueva Constitución Política del Estado”, allá por los meses de enero y febrero de 2009, nos atrevimos a observar el procedimiento aplicado en ese entonces, con el que no hemos estado de acuerdo, ya que sus progenitores no aplicaron correctamente la teoría y doctrina del Poder Constituyente. Y es que llegaron al extremo de hacer intervenir en su gestación al Poder Constituido (Congreso Nacional), que nada tenía que ver con aquel Poder de Poderes denominado Poder Constituyente.
Nuestras observaciones no fueron atendidas, inclusive por los pocos constitucionalistas con los que cuenta nuestro país, seguramente por temor o miedo a la nueva casta gobernante que hoy, de acuerdo también con la teoría sociológica, se ha convertido en una “ELITE SOCIAL” que degenera fatalmente en una oligarquía.
Por otra parte, algunos constituyentes que fungieron de tales en aquella Asamblea Constituyente, en las filas del MAS, nos cuentan que todo el proyecto original no lo hicieron los asambleístas, sino que se lo presentó ya redactado, sin que conocieran en realidad a sus autores, pero que permanentemente se reunían con Evo Morales Aima o Álvaro García Linera hasta altas horas de la madrugada, donde seguramente se les daba adoctrinamiento para aprobar a ciegas los articulados de la Constitución diseñada por extraños a la realidad nacional.
En esas reuniones -nos dijeron dichos asambleístas- tanto el presidente Morales como el vicepresidente García Linera no demostraban cansancio, mientras que dichos asambleístas estaban agotados hasta el extremo de dormitar en sus asientos.
Ahora bien. El pasado miércoles, en el programa “Café de la mañana” de FIDES Televisión, los colegas periodistas Eduardo Pérez, Nicolás Sanabria y Gonzalo Rivera, tuvieron el valor civil de desnudar muchas verdades, como las que nos permitimos anotar:
I.- La Constitución Política del Estado no fue redactada por los asambleístas, sino que fue obra de “expertos” extranjeros o foráneos (como se los quiera llamar), muy bien pagados por cierto, que no consideraron la idiosincrasia del boliviano en sus diferentes estratos sociales.
II.- Es un texto muy ampuloso que ni los propios asambleístas lo conocen, y no aplicable por diversas razones, al extremo de que se convocó a una “Cumbre Social” en Cochabamba, sustituyendo a la Asamblea Legislativa Plurinacional.
III.- Es cierto que se inició en la capital de la República (Sucre), y tuvo un recorrido impropio de un texto constitucional, porque estuvo en el Liceo Militar, para luego llegar a la ciudad de Oruro, afincarse en las oficinas de la Lotería Nacional de la ciudad de La Paz, y recalar finalmente en el Poder Legislativo, que dio los últimos toques a tamaño mamotreto.
IV.- Debe saber el pueblo boliviano que toda Asamblea Constituyente no es sino el Poder de Poderes, que tiene facultades y competencias inclusive para cesar al Congreso Nacional y deponer al Presidente de la República o los otros poderes del Estado, designar a autoridades interinas mientras y en tanto cumpla con su tarea originaria de crear un Nuevo Estado o una Nueva República, en aplicación de la naturaleza del Poder Constituyente que es: Originario, Fundante e Ilimitado, elementos imprescindibles inherentes a los factores de poder: el Pueblo.
Al respecto investíguese qué ocurrió en la independencia de las 13 colonias de la Unión ((Revolución norteamericana); la Revolución Francesa de 1789; la revolución de octubre de 1917 en Rusia, y finalmente la Revolución Cubana en 1959, donde se fundaron nuevos Estados o Repúblicas y se dotaron de una nueva Constitución.
V.- Lo más lacerante es que al haberse convocado a un referéndum, el 99% de la población electoral en Bolivia NO CONOCÍA el texto a ser aprobado o rechazado, y eso está comprobado en las propias Facultades de Derecho del país, donde los estudiantes reconocen que no conocían el texto consultado. Esto lógicamente nos induce a asegurar que ese 99% de ciudadanos en edad de votar, acudió a las ánforas sometido a la obligación de votar por una cosa desconocida que, en nuestro criterio, nada tiene que ver con la democracia. De modo que anticipamos que en el futuro se tendrá que tomar una decisión de orden constitucional para hacer uso correcto de lo que se debe entender por Poder Constituyente. Es que no se puede continuar engañando al soberano: el Pueblo.
VI.- Rescatando las conclusiones de aquel programa de FIDES Televisión, es evidente que el texto constitucional no puede ni podrá ser cumplido, al extremo de que reconoce la existencia de un Estado, una Nación y una República al mismo tiempo (Arts. 1, 3 y 11), para concluir estableciendo la existencia de 36 NACIONES (?) a través del Art. 3 y 30-I) del texto constitucional. Todo ello constituye una herejía jurídica que debe ser reparada.
(El ejercicio del poder corrompe, y su sometimiento degrada).
El autor es abogado, periodista y docente universitario. (sabeca4@hotmail.com)
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