Diputada Viscarra
La Ley de protección del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS) estaría respaldada además por la Ley de la Madre Tierra que promulgó el gobierno de Evo Morales antes de la Conferencia Mundial de Cancún de 2009, según explicó la diputada de Unidad Nacional (UN) María Cristina Viscarra. Este antecedente también estaría siendo vulnerado al pretender construir la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos a través de la reserva natural.
La legisladora cruceña coincidió con miembros de oposición, analistas y dirigentes de organizaciones sociales, sobre las irregularidades legales que se están denunciando sobre la proyección, contratación y ejecución de la carretera que unirá los departamentos de Beni y Cochabamba. Sin embargo, aportó otro elemento referido a la defensa de los recursos naturales y el medio ambiente en el marco de la Ley de la Madre Tierra.
Según explicó Viscarra, el artículo 6, de la mencionada Ley, dice que “el ejercicio de los derechos individuales están limitados por el ejercicio de los derechos colectivos en los sistemas de vida de la Madre Tierra, cualquier conflicto entre derechos debe resolverse de manera que no se afecte irreversiblemente la funcionalidad de los sistemas de vida”.
Finalmente, la diputada de Santa Cruz señaló el artículo 8 donde el Estado tiene como obligación “desarrollar políticas públicas y acciones sistemáticas de prevención, alerta temprana, protección, precaución, para evitar que las actividades humanas conduzcan a la extinción de poblaciones, de seres, la alteración de los ciclos y procesos que garantizan la vida (…)”.
Con todos estos antecedentes, Viscarra cuestionó la forma de actuar del Gobierno que no busca otras alternativas ni estudios de sociedades de ingenieros y se aferra a “partir el TIPNIS por la mitad”.
FOBOMADE
Por su lado, el presidente del Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (Fobomade) Raúl Otero, observó que modificar la Ley Corta o insistir en la construcción de la carretera vulneraría preceptos legales y constitucionales vigentes sobre recursos naturales.
“Es constitucionalmente inviable modificar la denominada Ley Corta, porque al hacerlo se “incurrirá en violación de los Artículos 32, 9 Numeral 6, 13 P. IV y, 30 numerales 10 y 15 y en el delito de traición a la patria tipificado por el Artículo 124 Numeral 2, así como del régimen constitucional de recursos naturales y otras figuras del Código Penal sobre asociación ilícita, amenazas, conspiración y otros”, cita un artículo de Fobomade en su portal virtual.
Portada de HOY |
1 Dólar: | 6.96 Bs. |
1 Euro: | 9.02 Bs. |
1 UFV: | 1.73058 Bs. |