Comerciantes de autopartes quebrantan Código de Tránsito

La Feria 16 de Julio se convirtió en un centro de búsqueda de piezas de vehículos para personas que sufrieron en algún momento robos de sus motorizados.


En la feria alteña pueden encontrarse todo tipo de repuestos automotrices.

Los comerciantes de la Feria 16 de Julio que ofrecen cada jueves y domingo autopartes y repuestos de motorizados no se encuentran registrados en el Organismo Operativo de Tránsito (OOT) por lo que quebrantan la Ley 3988 del Código de Tránsito y Reglamento.

Asimismo, EL DIARIO pudo comprobar en un recorrido por el lugar que las autoridades correspondientes no realizan el control a estos comerciantes permitiendo que en muchos casos se comercialicen partes robadas.

En la denominada plaza principal de la zona Ballivián, más conocida como la plaza de vehículos, se pudo evidenciar que existen alrededor de 10 almacenes de repuestos de motorizados donde se exhiben desde retrovisores y limpiaparabrisas hasta parachoques, puertas y llantas de todo tamaño, modelo y marca.

Cabe resaltar que en dichos puestos de venta, incluidos los anaqueles de repuestos de los motorizados, son también visitados por propietarios de vehículos que denunciaron ante la Dirección de Prevención de Robo de Vehículos (Diprove) la sustracción de sus automóviles, como es el caso de Juan Antezana de 45 años, quien no pierde la esperanza de poder encontrar alguna de las autopartes de su vehículo Toyota modelo 1998 que fue sustraído en la zona del Cementerio General en la ciudad de La Paz.

Con una libreta en la mano y acompañado por su hijo de 25 años, Antezana tiene la esperanza de poder obtener alguna información sobre lugares de ventas clandestinas donde pueda adquirirlos. Según Diprove, éstos sectores son en muchos casos garajes al interior de la misma feria alteña o en barrios alejados del centro de la ciudad de El Alto.

Por otra parte, la Ley del Código de Tránsito es concreta cuando establece que las diferentes actividades de la importación y venta de vehículos y autopartes deberían estar registradas en el OOT norma que se incumple desde la reforma de la norma el 2006.

NORMA

De acuerdo al capítulo V del Código de Tránsito, referido a quienes importan, compran y venden tanto vehículos como autopartes, la norma establece en el artículo 102.- (Registro de Comerciantes) que las personas naturales o jurídicas, dedicadas al comercio de la importación, compra y venta de vehículos repuestos y accesorios, tienen la obligación de inscribirse en el Registro de Tránsito.

Mientras que el artículo 103.- (Registro de Talleres). Establece que tienen igual obligación los propietarios de talleres de reparación o montaje de vehículos, estaciones de servicios y garajes.

Asimismo, el artículo 104.- (Registro de Comisionistas) sostiene que los comisionistas o los que intervienen habitualmente como intermediarios en la compra y venta de vehículos, accesorios y repuestos igualmente están obligados al registro.

En varios casos, los propietarios de vehículos sustraídos en la Feria 16 de Julio pudieron encontrar las autopartes de sus motorizados o sorprendieron a los propietarios de garajes, donde en su interior se guardan o se desmantelan vehículos de dudosa procedencia, como lo confirmó en cerca de cinco operativos Diprove en la gestión 2011.

De acuerdo al mayor Walter Peralta, director de dicha entidad policial, ante la implicancia de propietarios de garajes con el desmantelamiento o la custodia de vehículos denunciados como robados, el Código de Tránsito establece como medida preventiva que las personas que realizan operaciones comerciales de este tipo son responsables penal y civilmente, por daños y perjuicios que ocasionen.

Dicho artículo es analizado en el momento en que se presenta alguna denuncia de robo de vehículos y los mismos llegan a ser recuperados mediante orden de allanamientos, de acuerdo a la disposición del Ministerio Público.

 
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