14 de febrero de 1879
Víctor Hugo Chávez Serrano
Parte II
La nota de 12 de febrero de 1879 emitida por Chile a Bolivia, en la que se le conmina a dejar sin valor el cobro de los impuestos rezagados y se indica la posibilidad de acudir a un arbitraje, otorgando un plazo de dos días para responder, NO CONSTITUYE un proceso arbitral, un laudo arbitral, ni lo suple. Por ello es evidente que la República de Chile violó el Protocolo de 1875 que disponía que los desacuerdos respecto a la aplicación del Tratado de 1874 se los resolvería por la vía del arbitraje.
En todo caso la agresión al territorio boliviano se la tenía programada con mucha antelación al pretexto del supuesto incremento de impuestos, por lo que esta violación de ausencia de Laudo arbitral constituye el vicio de origen de todos los documentos posteriores.
Los acontecimientos posteriores, emergentes de esa violación al Tratado de 1874 y su Complemento de 1875, son VICIADOS DE ORIGEN, al habérselos efectuado en contradicción con los mencionados acuerdos. Por tanto al ser resultado de un acto de beligerancia, sin que se haya cumplido con los preceptos acordados en los tratados y que incluso éstos se mantienen vigentes hasta el presente, sumado a la hipótesis de que aceptar una invalidez de Iapso Facto sería aceptar la resolución unilateral por la que actuó Chile, constituye fundamento más que suficiente para declarar la nulidad de las actuaciones posteriores a la violación bélica del Tratado de 1874.
Por eso los acuerdos posteriores quedan viciados de origen, siendo nulas sus consecuencias, lo cual nos conduce a la revisión de todos y cada uno de los documentos posteriores al Tratado de 1874 y su Complemento de 1875, incluyendo el Tratado de 1904, lo que se tendrá que tramitar en la vía pactada por el propio Tratado de 1904 y su Protocolo de 16 de abril de 1907: Corte Permanente de Arbitraje de La Haya.
Como se observa, el pretexto expresado por Chile sobre la supuesta creación del impuesto de diez centavos por parte de Bolivia, en presunta violación del Tratado de 1874 y que por ello el mencionado tratado fue “roto por Bolivia”, es otra más de las mentiras que Chile toma como verdades.
Es necesario que el Ministerio de Relaciones Exteriores y DIREMAR, como entidad creada al efecto, puedan considerar estas investigaciones, alejando temas de odios y exclusiones personales que se refieren a este investigador en servicio del interés común de nuestra Patria, a la que todos estamos llamados a defenderla.
V.H. Chávez Serrano es autor del Proyecto
de Demanda Marítima Boliviana y
docente de Diplomacia - UMSA.
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