La diputada por CN, Norma Piérola, opina que existirían irregularidades en la realización de la consulta previa de manera colectiva.
El presidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, en entrevista a un medio estatal, anunció que el proceso de consulta a los habitantes del TIPNIS será de manera colectiva. De igual forma, informó que los resultados, además de ser de cumplimiento obligatorio, serán “inmediatos”. En tanto, políticos de oposición y dirigentes indígenas observan serios riesgos en este procedimiento.
La diputada por Convergencia Nacional (CN) Norma Piérola, explicó que existirían irregularidades en la realización de la consulta previa de manera colectiva, fundamentalmente en la obtención de resultados, el cual cree que podría ser subjetivo.
“Los procedimientos propios de los pueblos indígenas consisten en consultar ‘casa por casa, persona por persona’. Sólo en ocasiones toman decisiones a través de un cabildo o una reunión. La mención de los usos y costumbres en la Ley 222, es una estrategia para obtener un resultado conveniente positivo para la construcción de la carretera. En este caso, ellos quieren someter a una consulta que va a estar elegida por el Órgano Electoral, de manera que estará manipulado”, manifestó.
Por su lado, el presidente de la subcentral TIPNIS, Fernando Vargas informó la resolución de la dirigencia indígena asumida en coordinación con las comunidades, la que establece que los pueblos indígenas no se someterán a este procedimiento.
“Es una consulta ilegítima porque la Ley también es ilegítima, viola los principios constitucionales. La consulta se hace antes de cualquier iniciar un proyecto, ese no es el caso. Nadie va a aceptar la consulta”, sostuvo.
CONSULTA “COLECTIVA”
La principal autoridad representante del Órgano Electoral, Wilfredo Ovando, explicó que el proceso de consulta “previa” a realizarse en el Territorio Indígena Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), será de acuerdo a los usos y costumbres de las comunidades de la región.
“Esto será mediante cabildos, reuniones, consensos o aclamaciones, no por votación. En este caso, de acuerdo a las normas internacionales y nacionales la realización de la consulta debe respetar las normas y procedimientos propios que tienen los pueblos indígenas. La forma que toman sus decisiones varían de un pueblo a otro”, señaló.
Asimismo, indicó que las normas de dicho procedimiento, serán establecidos de manera directa por estos mismos pueblos en concordancia con el Órgano Ejecutivo.
CUMPLIMIENTO INMEDIATO
Ovando hizo mención a las normativas legales internacionales y nacionales, que incluyen la Ley de Consulta Previa que determinan que los resultados del proceso de consulta son de cumplimiento obligatorio. Aunque destacó que estos acuerdos deben efectuarse de manera inmediata.
“Es de cumplimiento obligatorio para propios y extraños de manera inmediata, no porque diga el órgano Ejecutivo, así está establecido en las normas”, citó.
Por otro lado, Ovando explicó que en este proceso de consulta que viabilizaría la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos, el Órgano Ejecutivo es quien administrará dicho procedimiento en consenso con los comunarios. Sin embargo, dijo que el TSE sólo cumplirá la función de acompañamiento y observación.
“El Ejecutivo tiene que realizar su planificación, cronograma, calendario, desde ese proceso, en acuerdo con los pueblos indígenas involucrados. Nosotros sólo observaremos y acompañaremos. Luego tendremos la obligación de informar el trabajo que estamos realizando”, dijo.
Respecto al presupuesto, Ovando explicó que para esta gestión existe un monto de recursos definido. Sin embargo, en el mismo no está incluido el financiamiento para la realización de la consulta previa.
“Es una actividad extraordinaria que se ha presentado en el camino, significa que tenemos que pedir el presupuesto correspondiente para el trabajo de observación y acompañamiento al Ministerio de Economía”, expresó.
De acuerdo al artículo 9 de la Ley de Consulta Previa, el proceso de consulta deberá cumplir, al menos, con las siguientes etapas: Preparación de la consulta, instalación y desarrollo del proceso, comunicación a los pueblos indígenas, consideración sobre si TIPNIS es intangible o no y determinar sanciones para quienes ingresen “ilegalmente” en la región.
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