Cartas...
Señor Director:
Molesto su atención para solicitarle muy respetuosamente que se digne disponer la publicación de la siguiente carta en la sección correspondiente.
Opinamos que la Asamblea Legislativa debería elaborar con prioridad una Ley de aguas para proteger nuestros recursos hídricos, considerando que la Constitución Política del Estado en su capítulo quinto, Recursos hídricos, artículos 373 al 378 y especialmente el artículo 377, párrafo II, dice: “El Estado resguardará de forma permanente las aguas fronterizas, para la conservación de la riqueza hídrica que contribuirá a la integración de los pueblos fronterizos y transfronterizos”.
En el pasado no se le ha dado valor a este recurso natural, por lo que se ha contaminado ríos, lagos, cuencas y vertientes. Además los cambios climáticos están provocando el deshielo de algunos nevados, por ejemplo en Chacaltaya de La Paz. Posiblemente otros similares correrán la misma suerte.
La futura Ley de aguas deberá proteger las aguas del Silala, que en 1908 fueron encauzadas para el funcionamiento de las locomotoras a vapor de la empresa The Antofagasta and Bolivian Railway Company Limited, mediante concesión otorgada por la Prefectura de Potosí.
Dicha Ley de aguas también debe referirse a las aguas del mar boliviano, pues no se habla de sus aguas, ni de las islas que nos pertenecen, en el Tratado de Paz y Amistad de 1904 y otros complementarios entre Chile y Bolivia.
Bolivia jamás renunció a su soberanía marítima.
El agua es vida.
Franklin Troche Espinoza
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