El recurso de inconstitucionalidad presentado el lunes por representantes del Movimiento Sin Miedo (MSM), plantea que la Ley 222 de Consulta Previa a los comuniarios del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (TIPNIS), viola los Art. 30 y 403 de la Constitución Política del Estado (CPE); el líder del MSM, Juan del Granado, señaló que esperarán que dentro de 10 días el Tribunal Constitucional solicite al vicepresidente Álvaro García Linera, una justificación para la derogación de dicha norma.
Del Granado mencionó que en el documento presentado el lunes pasado, se incluye una serie de pruebas que demuestra de manera clara la inconstitucionalidad de la Ley 222de Consulta previa, entre las cuales se añadió lo que determina el Art. 30 y el Art. 403 de la CPE.
Art 30 en el parágrafo dos señala que en marco respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria realizada por el Estado de buena fe y concertada respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan”.
Ante esta muestra, el jefe opositor expresó que la consulta no es previa, no es informada, no es de buena fe y no se está realizando a través de las instituciones de los pueblos originarios, debido a que en 2008 el Gobierno ya realizó acciones administrativos y legislativos dentro del TIPNIS, lo cual demuestra claramente sus acciones fuera de la constitución.
Por otra parte, en el Art 403 parágrafo uno hace referencia a la consulta previa e informada y a la participación en los beneficios por la explotación de los recursos naturales no renovables.
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