El gobernador interino de Beni, Haisen Ribera, incidió sobre los peligros del término de intangibilidad estipulada en la Ley 180 y por ello exhortó a los comunarios a exigir la construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos mediante la realización de la consulta “previa” gubernamental.
El exmilitante del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) y actual aliado al oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS) dijo que el proyecto carretero debe concluirse, porque ahora con el término de intangibilidad los comunarios no pueden sacar sus productos para venderlos a las comunidades aledañas.
Junto al mandatario Evo Morales, la ejecutiva de la Agencia de Desarrollo de las Macroregiones y Fronteras (Ademaf) Jesica Jordan y los dirigentes de la comunidad Oromomo, el gobernador interino aseveró que la infraestructura caminera debe ser consolidada en la región. “Esto se lo ha ido haciendo en las diferentes comunidades y ahora le ha tocado a TIPNIS y por ello estamos acá todas sus autoridades”.
En el acto de entrega de motores para la generación de electricidad, participaron representantes de las comunidades Santo Domingo, Santa Anita, Oromomo, San Juan de Curva, Usbe, La Asunta, San José de Sécure, Cachuela, Villa Hermosa, Vital, Santa Rosa y Nueva Trinidad.
Por su lado, la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas (CAOI) que agrupa a originarios de Bolivia, Ecuador, Perú y Colombia, aprobó ayer un pronunciamiento en defensa de la reserva boliviana, señalando que la Ley 222 “viola la Ley de protección al TIPNIS”, en referencia a la Ley 180 de octubre de 2011.
Asimismo, la declaración de la CAOI cuestiona la interposición sobre el supuesto secuestro o tentativa de homicidio contra el canciller David Choquehuanca.
DATOS
LEY DE CONSULTA
La Ley 222 de consulta a los pueblos del TIPNIS fue promulgada el 10 de febrero tras la presión de la marcha del Consejo Indígena del Sur (Conisur).
Art. 3.- Ámbito de la consulta.
La Consulta Previa Libre e Informada se realizará en el ámbito de las comunidades indígena originario campesinas Mojeño-Trinitarias, Chimanes y Yuracarés, que habitan el TIPNIS, en su doble categoría de Territorio Indígena y Área Protegida, respetando sus normas y procedimientos propios.
Art. 4.- Finalidad de la consulta
Definir si el Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure – TIPNIS debe ser zona intangible o no, para viabilizar el desarrollo de las actividades de los pueblos indígenas Mojeño-Trinitario, Chimane y Yuracaré, así como la construcción de la Carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos.
Art. 8.- Plazo
La Consulta Previa Libre e Informada se realizará desde su inicio hasta su conclusión, en un plazo máximo de ciento veinte (120) días a partir de lapromulgación de la presente Ley.
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