Ley contra acoso en Diputados
Legisladoras piden celeridad en aprobación de la Ley contra el acoso y la violencia contra mujeres, que estipula entre cinco y seis años de reclusión en casos en los que el género femenino sea agredido en el ejercicio de sus funciones.
Para la diputada por Unidad Nacional (UN), Elizabeth Reyes, esta norma debe ser tratada con urgencia en el pleno legislativo, tomando en cuenta las más de 200 denuncias que se conocen respecto a abusos en contra de mujeres que cumplen funciones en cargos políticos.
“Aunque habría que ver hasta qué punto se cumplen estas normas, porque vemos a un Presidente que canta coplas irrespetuosas, un alcalde que toca a una concejala, ese tipo de atropellos también deben ser sancionados”, añadió.
Por otro lado, la diputada por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Ingrid Zabala, una de las proyectistas de esta norma, explicó que en el ámbito administrativo, una persona tendría que denunciar a su propia institución.
“En el caso del alcalde Percy Fernández, sería la concejal Bravo quien tendría que hacer la denuncia a través de la Fiscalía, también en el caso de una parlamentaria a un parlamentario”, señaló.
Asimismo, aseveró que un porcentaje de las mujeres en el país, cometerían abusos o atropello en contra de varones en el ámbito político, sin embargo en el ámbito político, no se conocen denuncias al respecto.
“Las mujeres no somos nada especiales, ni un pan de Dios, durante la nueva Asamblea Plurinacional, se han visto sopapos y hasta arañazos en contra de diputados pero no conozco denuncias que algún varón haya presentado”, manifestó.
La Ley en contra del acoso y violencia política a las mujeres, establece en su artículo 270, que quienes cometan hechos de hostigamiento y persecución en contra de mujeres que ocupen cargos políticos tendrán sanciones penales de hasta cinco años. El tratamiento de la norma continúa en la Comisión de Derechos Humanos, de la Cámara de Diputados.
Asimismo, cita las figuras penales de acoso y violencia dentro del Código Penal con sanciones máximas de cinco y seis años de prisión, respectivamente.
DATOSLA NORMA EXPLICA SOBRE ACOSO Y VIOLENCIA:
Acoso: “quien o quienes realicen actos, persecución, hostigamiento y/o amenazas en contra de una mujer y/o de sus familiares, durante o después del proceso electoral, electa, designada o en el ejercicio de función pública que impida el ejercicio de su derecho político, será sancionado con pena privativa de libertad de dos a cinco años”.
Violencia: “quien o quienes realicen actos y/o agresiones físicas, psicológicas y sexuales en contra de mujeres candidatas, electas, designadas o en ejercicio de función político-pública y/o en contra de sus familiares, para acortar, suspender e impedir el ejerció de su función será sancionado con pena privativa de libertad de tres a seis años”.
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