La Ley del Ministerio Público, establece en su artículo 10, la protección a víctimas, testigos además de servidores públicos en caso de los mismos colaboraren con la administración de justicia por lo que puedan correr peligro de sufrir algún daño. A tal efecto, dispondrá de programas permanentes de protección a testigos, denunciantes, peritos, víctimas y a sus propias servidoras o servidores.
De acuerdo al texto de la normativa, el Ministerio Público, en coordinación con la Policía Boliviana y demás órganos e instituciones públicas, protegerá a las personas que por colaborar con la justicia podrían correr peligro que bajo el argumento de un “ajuste de cuentas”, las vidas de estos testigos corran peligro.
Los programas de protección a testigos, se desarrollarán de manera permanente y brindará protección, especialmente cuando se trate de delitos vinculados al crimen organizado, abuso de poder o violación de derechos fundamentales.
Sin embargo, la diputada por Convergencia Nacional (CN), Norma Piérola, observó que tomando en cuenta la designación de autoridades “a dedo”, estos programas, sólo servirían para proteger a quienes brinden información favorable al Gobierno, en delitos cuyas autoridades se vean involucradas.
“El Gobierno tiene los llamados buzos en todas las instituciones públicas, por eso los casos de corrupción nunca se esclarecen y otros delitos nunca se llegan a resolver. Por ejemplo, quien sobornó al llamado viejo, que el mismo Defensor del Pueblo, no sabía que eran sus empleados. En estas instituciones sabemos que hay ciertas personas que gana más por pasar cierta información” sostuvo.
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