De acuerdo al analista, Reynaldo Tola, el Gobierno no hace respetar la Constitución Política del Estado (CPE) al no asegurar la atención médica de los bolivianos frente a un conflicto político.
El experto manifestó además que la Carta Magna en sus artículos 45 y 46 establece que todos los bolivianos tienen derecho a acceder a la seguridad social y un salario justo sin discriminación alguna, conforme a ello, la Ley General del Trabajo y el Código de Seguridad Social señalan que los derechos impuestos en estas leyes son irrenunciables para los trabajadores y trabajadoras.
“Partimos de la idea de que el Estado boliviano tienen como una de sus principales funciones la atención del capital humano, el capital humano está conformado por una mayoría de trabajadores, los mismos que con su fuerza de trabajo dinamizan el desarrollo del país. Una de las formas de fortalecer ese capital humano es a través del empleo con una remuneración justa y con acceso a la seguridad social y beneficios sociales de parte de los empleadores conforme la Ley General del Trabajo, pero, la misma debe activarse a través de políticas de protección del trabajador de parte del mismo Estado, en especial en el caso de los trabajadores de salud y los trabajadores municipales que están fuera de los alcances de la mencionada ley”, explicó.
Manifestó también que el salario no debe entenderse como una simple contraprestación por el hecho de trabajar, sino como un factor que incide en el buen vivir del trabajador y su familia; es decir debe ajustarse a la medida de las necesidades básicas del ser humano trabajador, como es la salud, el transporte, la vivienda, la alimentación, los servicios básicos, la manutención y educación de la familia.
Por tanto, dijo que todos los trabajadores deberían incorporarse al régimen de seguro social que establece la ley mencionada y con ocho horas de trabajo, obedeciendo incluso con esta medida a la Ley 045 Contra el Racismo y toda forma de Discriminación que impone que todos los ciudadanos sean tratados de la misma manera.
Además, dijo que otro sector que está exento de la Ley General del Trabajo es el de los funcionarios municipales, que gracias a la aplicación de la Ley de Municipalidades 2028 y el Estatuto del Funcionario Público se encuentran desprotegidos.
“Estas injusticias en contra de los trabajadores deben ser necesariamente reparadas, más aún cuando existe una ley que prohíbe toda forma de discriminación entre los bolivianos y las bolivianas, procediéndose a la incorporación al marco de esta ley”, opinó.
En cuanto al salario mínimo establecido por el Gobierno de Bs 815,40, explicó que la reforma de la Ley General del Trabajo que se pretende realizar por la Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia debe incorporar la figura del sueldo básico para que los trabajadores tengan mayores beneficios e hizo una diferencia entre el salario mínimo y el salario básico, señalando que el salario mínimo es aquel fijado por el Gobierno conforme sus parámetros propios; mientras el salario básico es el fijado en base a las necesidades mínimas de los trabajadores.
Portada de HOY |
1 Dólar: | 6.96 Bs. |
1 Euro: | 9.08 Bs. |
1 UFV: | 1.74976 Bs. |