Según relatos de las afectadas, las razones para recurrir al aborto son varias, entre ellas el número elevado de hijos con los que cuenta la familia, la presión de la pareja y hasta de las adolescentes de afrontar a sus padres.
Relatos desgarradores cubren las historias de estas mujeres que, sin importar la edad, se ven bañadas por su pasado a lo largo de su vida, combatiendo con las cicatrices de esa parte de su vida.
“A los 18 años me embaracé porque creía en lo que me decía mi enamorado de que me cuidaría y que podía tener relaciones libremente cuando me bajara mi periodo menstrual, pero algo falló. Él me prometió que se cuidaría y no fue así, cuando le dije que no me bajaba mi periodo y que estaba en mi segundo mes de embarazó fue quien averiguó con sus amigos donde se hacían los abortos. A mí me daba miedo sobre todo porque mis padres no sabían nada y cuando fui a esa clínica, cerca a la Kollasuyo, me asusté pero él me dijo que si no abortaba me dejaría sola”, cuenta Cintya, una de las muchachas que pudo salvar su vida luego de una de estas operaciones clandestinas, debiendo afrontar posteriormente un proceso penal por este delito, del cual sus padres afrontaron el gasto económico.
“Cuando desperté de la anestesia y vi que los médicos estaban correteando me percaté de que algo pasaba, no me dijeron nada y como entre sueños creo que nuevamente dormí, de pronto al abrir mis ojos estaba en otro lugar, era como un hospital o algo así, a los pies de mi cama estaba mi mamá que no paraba de llorar y mi padre me miró con furia a punto de descargar su rabia con un puño, como lo hacía con mi madre, pero sólo me abrazó. Pasaron los meses y mi enamorado, a quien le confié hasta mi vida, igual me había dejado y ahora que tengo 25 años, recién me entero de que nunca podré ser madre y que por suerte no perdí la vida en esas ófricas y sucias paredes de una supuesta clínica”, lamenta entre lágrimas la joven.
De acuerdo con el artículo 266 del Código Penal de Bolivia, esta medida no merece castigo sólo en las siguientes circunstancias: “Cuando el aborto hubiere sido consecuencia de un delito de violación, rapto no seguido de matrimonio, estupro o incesto, no se aplicará sanción alguna, siempre que la acción penal hubiese sido iniciada. Tampoco será punible, si el aborto hubiese sido practicado con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no podía ser evitado por otros medios. En ambos casos, el aborto deberá ser practicado por un médico con consentimiento de la mujer y la autorización judicial del caso”.
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