Denuncian que 40% de animales silvestres iba al tráfico en Chile


Oruro.- El 40 por ciento de los animales silvestres comercializados de manera ilegal en la ciudad de Oruro, estaba destinado al tráfico ilícito en Chile, señala un estudio que identifica a los puestos de control fronterizos y trancas carreteras, como los eslabones débiles de la cadena de fiscalización.

La directora de Medio Ambiente y Madre Tierra del Gobierno Departamental de Oruro e investigadora, Naida Rufino, en su estudio denominado “Control del tráfico ilegal de la fauna silvestre en Oruro” ofrece una sistematización de los resultados de varios operativos realizados en puestos fronterizos, trancas carreteras y mercados populares de la ciudad de El Pagador, además del modus operandi de los traficantes y otros aspectos de ésta actividad ilegal.

“De todos los animales que logramos decomisar, el 40% era destinado al tráfico fuera de las fronteras. Según la persona que llevaba a los animalitos, estos eran comercializados en zoológicos privados de Chile, donde se lograba vender a las urracas y monos hasta en 1.000 bolivianos, y a las tortugas hasta en 1.000 dólares”, afirmó.

Las cifras en las que eran comercializados los animales en Oruro, dependiendo la especie, oscilaban entre 300 a 1.000 bolivianos, siendo el más económico el loro y el más caro el tucán.

“Las condiciones en las que hemos encontrado a estos animalitos eran bastante deplorables, no contaban con carné de sanidad, estaban encerrados en jaulas muy reducidas, muy mal alimentados y lo más triste, fuera de su hábitat natural”, señaló

Provenientes del trópico y del oriente, los animales una vez decomisados fueron devueltos a sus lugares de origen, e iniciados los procesos penales a cargo del Ministerio Público y la Gobernación de Oruro en contra de quienes comercializaban y traficaban las diferentes especies de fauna silvestre. “Antes de los operativos realizamos campañas de concientización y de información sobre las prohibiciones al respecto”, dijo.

El artículo 111 de la Ley 1333 de Medio Ambiente de abril de 1992 señala que “el que incite, promueva, capture y/o comercialice el producto de la cacería, tenencia, acopio, transporte de especies animales y vegetales, o de sus derivados sin autorización o que estén declaradas en veda o reserva, poniendo en riesgo de extinción a las mismas, sufrirá la pena de privación de libertad de hasta dos años perdiendo las especies, las que serán devueltas a su hábitat natural, si fuere aconsejable, más la multa equivalente al cien por ciento del valor de estas”.

 
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