A partir de éste mes los trabajadores tanto del sector público, como privado que perciban un salario mensual menor a los 4.000 bolivianos, no presentarán sus descargos con facturas para el Impuesto al Valor Agregado (IVA), informó ayer, el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Roberto Ugarte.
Explicó que quienes tributarán, son aquellos trabajadores que ganen un salario superior a cuatro salarios mínimos nacionales, es decir, a partir de los Bs 4.582.
“Los trabajadores no necesitan descargar facturas por un sueldo neto de 3.600 o 4.000 bolivianos. Los que tienen un sueldo neto a partir de 4.001 o 4.582 bolivianos, sí necesitan el descargo mediante las facturas”, dijo en conferencia de prensa.
Según Ugarte, la medida fue asumida debido a que el Gobierno decidió subir el salario mínimo a 1.000 bolivianos, siendo este el parámetro el que se toma como referencia para estos descargos.
En el caso de los consultores independientes y trabajadores a contrato, quienes ganen un salario de 2.300 a 2.400 bolivianos no tienen la obligación de presentar las facturas.
El Decreto Supremo 21531 que reglamenta el pago del IVA establece que el dependiente puede tener el derecho a la deducción de cuatro sueldos mínimos nacionales.
En ese contexto, Ugarte señaló que el nuevo cálculo impositivo se aplicará a partir del sueldo del mes de mayo. La subida del monto de 3.261 a 4.000 bolivianos representa una diferencia de 779 bolivianos. Vale decir que el 13% de este monto, equivalente a 101,27 bolivianos, es lo que dejaría de percibir el fisco.
“Considerando que ha habido un incremento del salario mínimo nacional, esto implica también un incremento de las personas que ganan 4.582 bolivianos para los dependientes”, sostuvo.
Recordó que el 2011 cuando el Gobierno determinó el salario mínimo de 815.40 bolivianos, los trabajadores que percibían un sueldo neto de 3.261, que equivalía a cuatro salarios mínimos y por lo tanto “no estaban obligados a realizar su descargo de facturas por este impuesto”.
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