El Movimiento Sin Miedo (MSM), a través de su abogada, Aida Camacho, denunció que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) está incurriendo en dilación, porque no respeta los plazos legales en torno al recurso de inconstitucionalidad de la Ley 222, por lo que abrió la posibilidad de acudir a tribunales internacionales.
“El Tribunal Constitucional se ha tomado un tiempo demasiado grande para admitir la acción (abstracta de inconstitucionalidad) y posteriormente, para luego hacer la provisión citatoria al Vicepresidente del Estado, quien fue notificado el 10 de abril y él presentó su informe el 2 de mayo”, dijo la jurista en la ciudad de Sucre.
Camacho se hizo presente este lunes en el Tribunal Constitucional para averiguar el avance del recurso presentado por el MSM el 27 de febrero y grande fue su sorpresa, según dijo, cuando le informaron que el trámite recién se encuentra con el magistrado relator y que no se cumpliría con el plazo de 30 días para que se emita el fallo final.
Los diputados del MSM, Fabián Yaksic y Marcela Revollo, interpusieron la acción abstracta de inconstitucionalidad con un amplio fundamento jurídico y doctrinal que demuestra que la consulta que plantea la Ley 222 a los habitantes del Tipnis no es ni previa, ni libre y menos informada, además que se pretende realizar al margen de las organizaciones reconocidas por normas del Estado.
Luego de que la acción de inconstitucionalidad de la Ley 222 fue admitida por el Tribunal Constitucional después de los 10 días que establece el procedimiento de esa instancia judicial, el 10 de abril se habría notificado al vicepresidente Álvaro García Linera, quien de acuerdo a procedimiento debe emitir un informe explicando los pasos que se siguieron para la aprobación de la cuestionada ley de “consulta posterior”.
El Vicepresidente, como cabeza de la Asamblea Legislativa, hizo llegar el informe solicitado a Sucre recién el 2 de mayo y hasta la fecha sólo se conoce que el caso está en manos del magistrado relator.
De acuerdo a norma establecida, el Tribunal Constitucional debe emitir los fallos o resoluciones de las acciones interpuestas en un plazo de 30 días, pero según Camacho, existe una “dilación innecesaria” que pretende convalidar la consulta posterior a los pueblos indígenas para la construcción de la carretera Villa Tunari-San Ignacio de Moxos.
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