Todos los gobiernos, sin excepción, desde hace décadas, han interceptado las comunicaciones telefónicas de los ciudadanos, preferentemente de opositores, por supuesto, mediante distintos sistemas cada vez más perfeccionados conforme a la evolución de la tecnología. La comunicación celular no escapa a la interferencia y ese es el caso de la conversación de la diputada Marcela Revollo de Del Granado con algún miembro de la IX Marcha de los Indígenas del Oriente en defensa del TIPNIS, grabación en la que la asambleísta del MSM ofrece remitir dinero supuestamente como apoyo a dicha marcha. El Ministerio de Gobierno entregó a medios televisivos la cuestionada grabación para su difusión, sosteniendo que se trata de un hecho probatorio de la concomitancia de la oposición con la marcha con objeto de desestabilizar al Gobierno.
La aludida asambleísta respondió en sentido de que se hace evidente un acto de espionaje que vulnera el artículo 151 de la Constitución, el cual garantiza la inviolabilidad de las comunicaciones de los legisladores. Explicó que se trata de una pequeña recaudación procedente de la venta de tarjetas postales alusivas al TIPNIS, para cubrir las más elementales necesidades de alimentación de los marchistas. La ministra de Comunicación, Amanda Dávila, por su parte, significó que la privacidad se limita al hogar y que ésta no alcanza a quienes se deben a la comunidad en razón de su investidura
Todo medio o forma de espionaje es contrario a un pleno ejercicio de los derechos humanos y, por tanto, detestable, pero es un arma política empleada desde siempre y a la que se deben inclusive grandes victorias y derrotas bélicas internacionales. En tiempos modernos el único supuesto protagonista sancionado por espionaje político fue el presidente norteamericano Richard Nixon, a quien se le impuso la dimisión de su alto cargo.
La interceptación de las comunicaciones telefónicas en nuestro medio conmovió tanto a la opinión pública que la Constitución de 1966 la prohibió expresamente por primera vez. La actual Constitución no ha hecho sino reeditar ese principio jurídico con énfasis en resguardo de la actividad de los asambleístas, como parte de la inviolabilidad. Sin embargo, los hechos demuestran que una cosa es la norma y otra su cumplimiento, extremo que constatamos casi cotidianamente.
Aunque según las autoridades la grabación llegó de un modo “confidencial”, no se puede descartar que el descubrimiento tenga origen en la infidencia en torno a la diputada opositora. La historia también demuestra que la delación surge de los propios cuadros y que la infiltración en los partidos contrarios tampoco es una novedad, tanto más cuando el Gobierno tiene experimentados estrategas en sus altos niveles. El tema está en mesa y su debate será largo y tendido, pero como siempre se diluirá entre amenazas de proceso de unos a otros para terminar “sin vencidos ni vencedores”.
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