Aprobaron Ley Aclaratoria a la norma de Transporte

Los artículos aclaratorios son el 12 referido a las acciones de control, el 17 al servicio público de transporte masivo y el 105 referido a las sanciones.


CONCEJO MUNICIPAL APROBÓ LAS ACLARACIONES A LA LEY MUNICIPAL.

En la sesión de ayer , el pleno del Concejo aprobó por unanimidad la Ley Municipal Aclaratoria a la Ley Municipal de Transporte y Tránsito Urbano, que una vez promulgada por el Alcalde Municipal entrará en vigencia.

La presidenta del Concejo Gabriela Niño de Guzmán, afirmó que “era importante aclarar algunas dudas y precisar algunos aspectos, eliminando en algunos casos cualquier discrecionalidad, y poner muy claro las atribuciones de la Policía y del Gobierno Municipal en lo referente a las sanciones”.

El concejal Vicepresidente Guillermo Mendoza, expresó su satisfacción a la aprobación con voto unánime de la Ley ya que demuestra el trabajo por La Paz, al margen de las discordancias políticas, “la práctica de la Ley necesita el ingrediente fundamental de la comunidad en su conjunto, es cuestión de actitud y la capacidad de vivir en sociedad”, dijo.

El concejal Freddy Miranda expresó que ahora los choferes deben cumplir con la sociedad, “cuando el trabajo es bueno y positivo se llegan a buenos acuerdos”.

El concejal Esteban Yana, afirmó que esta Ley beneficia a la población y a los choferes porque es necesario normar y regular, “los más beneficiados serán de las laderas porque se mejorará el transporte, felicito el consenso con los transportistas” dijo.

Asimismo la Concejal Denise Ostermann, “felicito a todos los actores, por la madurez que permite ante todo hacer de nuestra ciudad una ciudad en desarrollo”.

A su turno, la concejala Silvia Tamayo afirmó que la norma aprobada beneficiará al total de la población en especial a los sectores más vulnerables.

“Esta norma cambiará la fisonomía de nuestra ciudad, entendiendo que la misma alberga a una serie de elementos que la hacen compleja, beneficiará a niños niñas adultos mayores, mujeres con ese elemento de respeto que tanto se ha exigido” dijo Tamayo.

Según destaca la Ley Aclaratoria a la normativa edil del Transporte, se dispone que los artículos 12, 17 y 105 de la Ley, tenga la siguiente redacción:

“Artículo 12 (Acciones de Control). Las actividades de control del servicio público y privado de transporte de pasajeros y/o carga serán realizadas por los miembros de la Guardia Municipal del Transporte en servicio como instancia operativa de la AMTT, imponiendo las sanciones que correspondan a los operadores y conductores de los servicios público y privado de transporte urbano de pasajeros y/o carga, estando sus funciones sujetas a reglamentación, actuando con objetividad, imparcialidad y con el estricto apego a la CPE y la presente ley”.

“Artículo 17 (Servicio público de transporte masivo) I. El servicio público de transporte de pasajeros masivo está diseñado para trasladar a más de ochenta (80) usuarios o pasajeros al mismo tiempo”.

“Artículo 105 (Sanciones). I. Según la clasificación dispuesta en el artículo 88 precedente, las sanciones correspondientes a las infracciones previstas en la presente Ley podrán ser pecuniarias, administrativas y de servicio comunitario gratuito.

DATOS

II. La imposición de las sanciones y su ejecución se sujetará a lo siguiente:

- a) De acuerdo a la presente Ley Municipal y a la Ley General de Transporte, la imposición de sanciones y su ejecución, a los conductores y operadores de los servicios público y privado de transporte urbano, correspondientes a las infracciones prevista en los artículos 100, 101, 102 y 103 de esta Ley Municipal, así como las vinculadas a estacionamientos y paradas momentáneas, estará a cargo del GAMLP.

- b) La imposición y ejecución de las sanciones correspondientes a las infracciones previstas por los artículos 92, 93, 94, 96, 97 y 98 de la presente Ley Municipal, al no ser infracciones vinculadas al servicio público de transporte urbano de pasajeros y/o carga, corresponden a la Policía Boliviana”.

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