Pensamiento chileno
Augusto Varas
En sendos reportajes de La Tercera, “El trasfondo del brindis en Lima” (28/11/2010) y “La fórmula que más acomoda al Presidente” (5/12/2010), se afirma que existiría el “peligro latente de que Bolivia intente denunciar el Tratado de Paz con Chile de 1904 al no ver satisfecha su demanda histórica” y que “El 2012, además, vence el plazo establecido por el artículo 9 transitorio de su Constitución, que obligaría a Bolivia a desahuciar el tratado con Chile de 1929”. Esta reiteración del argumento pareciera ser eco de infundadas hipótesis que circulan en el sector Defensa.
La Constitución Política de Bolivia en su Capítulo Cuarto “Reivindicación marítima, artículo 267”, estipula: “I. El Estado boliviano declara su derecho irrenunciable e imprescriptible sobre el territorio que le dé acceso al Océano Pacífico y su espacio marítimo”, y: “II. La solución efectiva al diferendo marítimo a través de medios pacíficos y el ejercicio pleno de la soberanía sobre dicho territorio constituyen objetivos permanentes e irrenunciables del Estado boliviano”.
En el caso del Tratado de 1904, y considerando que los medios pacíficos constituyen objetivos permanentes de Bolivia, su Gobierno podría tratar de renegociar el tratado pero nunca denunciarlo.
Por su parte, la disposición transitoria Novena, común a todas las constituciones para dar coherencia legal a un nuevo ordenamiento jurídico, establece que “los tratados internacionales anteriores a la Constitución y que no la contradigan se mantendrán en el ordenamiento jurídico interno, con rango de ley. En el plazo de cuatro años desde la elección del nuevo Órgano Ejecutivo, éste denunciará y, en su caso, renegociará los tratados internacionales que sean contrarios a la Constitución”.
En el caso del Tratado de 1904, y considerando que los medios pacíficos constituyen objetivos permanentes de Bolivia, su Gobierno podría tratar de renegociar el Tratado pero nunca denunciarlo, ya que la única forma de dar satisfacción a su derecho irrenunciable es por vía diplomática y su denuncia (de dudosa validez) haría retroceder las relaciones bilaterales a 1904, llevando a fojas cero el actual estado de las conversaciones.
Por otra parte, e independiente de lo que Bolivia decida al respecto, nuestra política -aprovechando las afirmaciones del Gobierno peruano de no ser obstáculo para lograr un acuerdo- debería trilateralizar el tema incorporando al Perú a la mesa de negociaciones de manera de lograr una salida soberana al mar de Bolivia, contigua a la frontera con Perú, con compensación territorial para Chile. No está demás señalar que frente a una iniciativa de este tipo la demanda peruana ante La Haya sería afectada de manera radical y, en caso de ser puesta en carpeta con posterioridad al fallo, redefiniría los costos que ella implique para las partes en litigio.
El que nuestra ciudadanía no comparta esta fórmula, más que inhibir al Gobierno chileno para avanzar en esta línea, debería estimularlo a desplegar una sistemática y amplia política de educación cívica que lidere, más que se acomode al cambiante estado de la opinión pública.
El autor es Presidente de la Fundación Equitas.
Recopilación por Ing. Jorge Edgar Zambrana, analista de Historia.
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