Restricciones para avisos sexuales continúa debate entre asambleístas



Publicidad sexual en medios escritos se mantiene, pero será regulada.

El diputado por Unidad Nacional (UN), Jaime Navarro, señaló que se debe buscar un terminó medio con relación a las prohibiciones de los avisos sexuales, que se encuentra dentro del proyecto de Ley Integral contra la Trata y Tráfico de Personas, debido a que prohibir tajantemente las mismas provocaría conflictos con las personas que trabajan en ese rubro, quienes se considerarían discriminados.

Por su parte, el senador por el Movimiento Al Socialismo (MAS), Adolfo Mendoza, señaló que el artículo revisado sobre estas publicaciones, si bien presenta modificaciones, sigue teniendo un carácter fiscalizador y de protección de la familia.

Navarro argumentó que efectuar normas que lleven a los extremos en un tema como éste sólo derivaría en problemáticas, considerando que esta forma de vida, en referencia a las damas de compañía y servicios sexuales, tanto de hombres como de mujeres, “es algo que viene desde tiempos remotos”.

Sin embargo, señaló que es necesario contar con un tipo de “blindaje al interior de las familias” frente a la proliferación de este tipo de anuncios que hoy en día pueden llegar a hasta los niños por el grado de publicidad irrestricta que existe.

“Por lo tanto, lo que se debe conseguir con la ley es salir de la prohibición para ir a una medida que regule, ese es el sentido y concepto que se está aplicando en este caso” argumentó el legislador.

En tanto, Mendoza explicó que la modificación efectuada el artículo 23 de la Ley contra la Trata y Tráfico de Personas y que hace mención al tema de los avisos de las casas de citas y otros que involucran el comercio sexual no se eliminó, sólo tuvo una reformulación en una restricción específica, precautelando los derechos de las personas mayores de edad que optan por este tipo de publicaciones.

“Ha habido sugerencia de los propietarios de los medios escritos en relación a las características de este tipo de publicaciones; uno, el respeto a la decisión de los mayores de edad y dos, la necesidad de precautelar los derechos de los menores de edad”, señaló.

Sin embargo, aclaró que todavía falta que el proyecto de ley pase por la Cámara Alta que es considerada como Cámara revisora.

Ley Integral contra la Trata y Tráfico de Personas señalaba en su artículo 23, Párrafo III: “La ley prohíbe la publicación de avisos de oferta de comercio sexual en medios de comunicación escritos”.

La ley cuenta con 45 artículos, cuatro disposiciones transitorias, una abrogatoria y una final, y tiene por objeto “combatir la Trata y Tráfico de Personas y delitos conexos, garantizar los derechos fundamentales de las víctimas a través de la consolidación de medidas y mecanismos de prevención, protección, atención, persecución y sanción penal de estos delitos”.

 
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