HORA DE CIERRE
(ANF).- A un año de su promulgación, la Ley 144 de Revolución Productiva Comunitaria Agropecuaria aún no tiene su Reglamento, donde se debe especificar el tratamiento que deben tener los organismos genéticamente modificados y los alcances de su producción en el país.
El viceministro de Desarrollo Rural y Agropecuario, Víctor Hugo Vásquez, informó que de acuerdo a la Constitución “este tema está a cargo de la Asamblea Legislativa Plurinacional; consideramos que ellos serán la instancia que determinará este tema”.
El inciso 3, del Artículo 15 señala a la letra: “Todo producto destinado al consumo humano de manera directa o indirecta, que sea, contenga o derive de organismos genéticamente modificados, obligatoriamente deberá estar debidamente identificado e indicar esta condición”. Situación que no se cumple debido a que no existe la reglamentación correspondiente.
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