Diputados aprueban Ley Antialcohol que restringe la publicidad mediática



Después de casi una semana, los diputados retoman sus labores legislativas.

La Cámara de Diputados terminó de revisar y aprobar ayer la Ley contra el consumo y expendio de bebidas alcohólicas, con las modificaciones que realizó la Cámara Alta, respecto al horario de restricción de publicidad en los medios de comunicación audiovisuales. Para la diputada de Convergencia Nacional (CN) Norma Piérola, estas imposiciones no solucionarán el tema de la inseguridad ciudadana y sólo afectarán los ingresos de los medios informativos privados.

El horario para la difusión de publicidad que tenga como fin promover el consumo de bebidas alcohólicas que da restringida entre las 6 de la mañana a las 9 de noche, de acuerdo al Art. 8 de la normativa corregida en el Senado. Es decir, que todos los programas televisivos y radiales que tenían anuncios de licorerías, cervecerías, singanis, vinos u otros no podrán seguir con esos auspicios, al menos así se estipula hasta que exista una reglamentación específica.

“Los medios de comunicación tienen derecho a vivir de los ingresos de la publicidad y existen muchos programas que viven de (una cervecería) y con estas restricciones se les está coartando no sólo el derecho a la libre expresión sino a la de trabajar, situación que no sucede con el canal estatal que tiene toda la propaganda del Gobierno y los ministerios”, recalcó la diputada Piérola.

Para el diputado del Movimiento Al socialismo (MAS) y presidente de la Comisión de Gobierno, Defensa y Fuerzas Armadas, Carlos Aparicio, destacó el valor de la norma frente a un problema social que se extiende cada vez más y que afecta a las nuevas generaciones en mayor grado.

“Esta norma pretende regular el consumo de bebidas alcohólicas generando una cultura de conciencia en la población y estableciendo como una política de Estado la lucha contra el consumo excesivo de bebidas, por sus consecuencias negativas a la salud y la desintegración de la familia, priorizando la prevención a fin de proteger a los menores de edad”, dijo.

Asimismo, determina en el artículo 14, que además del Ministerio de Salud y Deportes, y de las Entidades Territoriales Autónomas, sea el Ministerio de Desarrollo Rural y Tierras, a través del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (Senasag), se encargue de la fiscalización del cumplimiento del registro sanitario en la elaboración e importación de bebidas alcohólicas.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (678 Kb)      |       PDF (174 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:8.53 Bs.
1 UFV:1.76221 Bs.

Publicidad