Sociedad solicita suspender acciones en Tipnis para buscar mayor concertación



Opositores califican de ilegal la consulta, sectores sociales piden su suspensión; mientras el oficialismo cierra filas para aplicar el proceso desde este domingo.

Sectores políticos, medios de prensa, Defensoría del Pueblo, juristas y analistas, todos coinciden en que el proyecto gubernamental de consulta debe ser suspendido para evitar conflictos en el Tipnis. En tanto, el oficialismo reitera que ninguna norma o acción impedirá comenzar el proceso dentro del Tipnis a partir de este domingo.

El líder del Movimeinto Sin Miedo (MSM) Juan del Granado, dijo que la determinación del Tribunal de Justicia de Chuquisaca de rechazar el amparo presentado por los dirigentes de la novena marcha indígena, representa un riesgo constitucional, por lo cual se debería dejar sin efecto cualquier argumento sobre el proceso de consulta en el Tipnis. “El Gobierno ha incumplido de manera flagrante y autoritaria todos y cada uno de los términos de la Sentencia 300, dictada por el Tribunal Constitucional el pasada 18 de junio, y a partir de ese incumplimiento, la Ley 222 de falsa consulta ha dejado de tener vigencia con el incumplimiento gubernamental”, dijo.

El presidente de la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) Antonio Vargas, explicó que las restricciones a informar libremente sobre el proceso, así como las limitaciones al acceso a la información, en referencia al documento del protocolo de consulta, hacen al proceso un acto inconstitucional, por lo que los resultados también serán viciados de nulidad. “Lo que debe hacerse inmediatamente es suspender el proceso de consulta, porque las vulneraciones a la CPE son evidentes, así como la transgresión a la libertad de información al restringir a los medios de comunicación informar sobre el proceso”, citó.

El magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional, Gualberto Cusi, reiteró ayer sus observaciones a la consulta previa y sugirió no amarrarse a plazos, porque de momento las condiciones no están dadas ni enmarcadas en la CPE ni en la legislación internacional. “La solución se la encontrará dando tiempo a las partes involucradas para que el proceso de consulta se lleve de manera exitosa”, dijo.

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, sugirió en anteriores días que se piense en replantear el proceso pues no se llegó a los niveles de concertación sugeridos por el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP). “Ojalá que haya tiempo todavía para replantear este tema, porque va a acabar, si no fuera así, en mayores problemas y lo que preocupa a la Defensoría es que termine en mayores enfrentamientos entre los pueblos indígenas”, dijo.

El analista Iván Arias también se refirió al tema y manifestó que las autoridades deben dejar de engañar a los pueblos indígenas y parar una estrategia que sólo corroborará el afán del Gobierno en consolidar su proyecto carretero. “Espero que el Ejecutivo tome conciencia, espero que así lo hagan y suspendan esta consulta amañada para evitar futuros conflictos”, acotó.

En tanto, el oficialismo también se pronunció a través de la presidenta de la Cámara de Senadores, Gabriela Montaño (MAS), quien afirmó que ninguna medida legal presentada por quienes exigen la protección del Tipnis, detendrá la aplicación de este proceso.

“El amparo pretende limitar el derecho de la mayoría de las comunidades del parque para realizar el proceso de consulta, la simple presentación de un amparo constitucional no implica que se frene el proceso de consulta”, aseveró.

Montaño agregó que si los indígenas decidieron no participar, esto no implica que el proceso estipulado en la Ley 222 vaya a suspenderse.

Sobre el amparo que se busca frenar, como último recurso legal, el desarrollo de la consulta, la presidente de la Cámara de Diputados, Rebeca Delgado, dijo que el documento fue “mal elaborado” y sin ningún fundamento legal. “Un amparo constitucional se puede presentar cuando hay actos u omisiones que están vulnerando un derecho, cuando restrinjan o supriman un derecho o alguna garantía. En este caso específico no hay ningún derecho o garantía que se haya suprimido ni que se esté restringiendo, ni que se haya vulnerado, por lo tanto es un recurso jalado de los cabellos”.

 
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