Órdenes de aprehensión contra dirigentes no son por la consulta



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EL DIARIO Y Erbol.- Los mandamientos de aprehensión contra los dirigentes de la novena marcha indígena que anunció a principios de semana el ministro de Obras Públicas, Vladimir Sánchez, responderían a casos particulares referidos a los fondos que habrían recibido por parte de la Prefectura Departamental de Beni para desarrollar proyectos dentro de la reserva natural.

La primera información brindada por la autoridad del Ejecutivo apuntaba a señalar que los mandamientos eran por causa de la resistencia instalada en Gundonovia, para evitar que las brigadas del Gobierno y el Tribunal Supremo Electoral (TSE), lleven la consulta en esa región, al norte del Territorio Indígena y Parque nacional Isiboro Sécure (Tipnis).

Ayer, la Fiscalía del Beni informó que citó a 11 indígenas porque fueron denunciados por la actual administración de la Gobernación por un fondo de avance de más de tres millones de bolivianos que fue entregado por esa instancia, pero no hicieron el descargo de forma regular.

“Estas órdenes de aprehensión no tienen relación alguna con los hechos que están aconteciendo en el Tipnis”, informó el periodista de la red.

Por lo tanto, la Fiscalía citó a Carmelo Yuco Yumo, Alejandro Yuco Semo, Zenón Espindola Nopu, Adolfo Moye, Mario Miranda Semo, Shirley Fabricano Román, Oscar Héctor Semo Goitia e Isidro Rosario para que se presenten ante el Ministerio Público a brindar su información.

El presidente de la Subcentral Tipnis, Fernando Vargas, no se encuentra en la lista de convocados como aseguró el ministro de Obras Públicas, Vladimir Sánchez.

Sobre las posibles órdenes penales contra los principales dirigentes de la novena marcha y de los pueblos de Tierras Bajas, cuando se viene desarrollando un proceso inédito de consulta, el magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Gualberto Cusi, dijo que en caso de prosperar los mandamientos se estaría contradiciendo tanto el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) como la Declaración de los Pueblos Indígenas de Naciones Unidas – NNUU.

“La consulta debe darse en el marco de la concertación mutua entre partes, si se están haciendo procesos, intimidar, sería una prueba contundente en sentido de que los términos de la consulta como establece el Convenio 169 de la OIT, la declaración y la CPE no se están cumpliendo”, declaró el magistrado.

EL DIARIO trató de comunicarse son Adolfo Moye, expresidente de la Subcentral Tipnis, pero no se logró el contacto; empero, el dirigente anticipó a esta casa periodística que está documentando su defensa aunque advierte que existe un manejo político del caso para desprestigiar a los indígenas.

 
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