En debate la unión de parejas del mismo sexo y pregunta censal sobre diversidad de género


A tiempo de presentar el anteproyecto de Ley para la legalización civil de unión de personas del mismo sexo, por parte de la senadora del Movimiento Al Socialismo (MAS) Hilda Saavedra, la comunidad gay, lesbiana, bisexual, travesti y transexual (GLBT) del país, pidió incluir en la boleta censal la pregunta sobre identidad de género.

Amparados en el artículo 14 de la Constitución Política del Estado (CPE), el colectivo social de las diversidades sexuales exigió que las autoridades del Ejecutivo y el Instituto Nacional de Estadística (INE), consideren la inclusión de una pregunta para verificar cuántas personas en el país son heterosexuales y homosexuales, con sus diversas opciones y sin discriminación.

La polémica se suma a otros dos casos de exclusión, mestizaje y religión, que se han generado en el cuestionario que se aplicará a la sociedad boliviana el 21 de noviembre durante el Censo Nacional de Población y Vivienda.

El artículo de la CPE cita: “El Estado prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual, identidad de género, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica o social, tipo de ocupación, grado de instrucción, discapacidad, embarazo, u otras que tengan por objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos de toda persona”.

Sobre el proyecto de la unión civil entre personas del mismo sexo, la senadora oficialista explicó que se busca garantizar los derechos que están amparados en la Carta Magna. “Hay muchas personas que aún no dan a conocer su orientación sexual porque tienen miedo a las discriminaciones que existen en nuestro país por algunos sectores conservadores que no quieren reconocer los derechos de esta población tan importante en Bolivia”, dijo Saavedra.

Sin embargo, la CPE reconoce el matrimonio entre hombre y mujer según el Art. 63: “El matrimonio entre una mujer y un hombre se constituye por vínculos jurídicos y se basa en la igualdad de derechos y deberes de los cónyuges. II. Las uniones libres o de hecho que reúnan condiciones de estabilidad y singularidad, y sean mantenidas entre una mujer y un hombre sin impedimento legal, producirán los mismos efectos que el matrimonio civil, tanto en las relaciones personales y patrimoniales de los convivientes como en lo que respecta a las hijas e hijos adoptados o nacidos de aquéllas”.

“La normativa pide la unión de hecho de las personas del mismo sexo, no es una ley especial para la sociedad GLBT, sino abraza los mismos derechos de las personas heterosexuales”, dijo el representante de ese colectivo social, David Aruquipa.

 
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