La comisión de revisión, fiscalización y liquidación de la Cooperativa San Luis pedirá una reunión con la Autoridad de Supervisión y Fiscalización Financiera (ASFI), para hacer una depuración de las cuentas “fantasmas”, sobre todo en los de Depósitos a Plazo Fijo (DPF), que existirían en la entidad.
El presidente de esta comisión, José Chura, comentó al periódico El Día que ve más “saludable”, una liquidación voluntaria, una vez se revise toda la documentación.
Indicó que ante la disolución de la Directiva de la cooperativa, la comisión electa es el ente que llevará el mando de todos los asuntos de los socios desde ahora.
“Hay la disposición de todos los compañeros afectados para llevar adelante una liquidación saludable y lo que más les convenga a todos los socios. La cooperativa está más cerca de disolverse, pero estamos trabajando. Sería lo más saludable la disolución voluntaria”, comentó Chura.
También agregó que enviarán una carta a la ASFI, para de inmediato comenzar a negociar con la institución de supervisión, además de observar las cuentas de los socios, ya que argumentan que la Comisión es el ente superior de la institución.
En este marco, la ASFI ha manifestado que por el momento, no ha recibido ningún acta de resolución de la asamblea, por lo que desconocen cualquier resultado que se haya determinado en ella, es así que seguirá trabajando en los temas técnicos de la cooperativa, según informó a El Día la institución. Así también las críticas por el hecho de que tres políticos integren la Comisión, no se hicieron esperar dentro de la misma cooperativa, donde algunos socios manifestaron que podría existir algunos intereses personales.
Por otro lado, se aprobó el reglamento para la “intervención, disolución, liquidación, clausura y cierre de cooperativas de ahorro y crédito societarias sin Licencia de Funcionamiento”, fue aprobado por la resolución 426/ 2012 por Lenny Valdivia, Directora de la ASFI.
La reglamentación dice que la liquidación podrá ser voluntaria, cuando los socios autoricen el cierre o bien forzosa, mediante la declaratoria de quiebra. Además de que la norma obligatoria para las entidades que no iniciaron el proceso de incorporación al ámbito de supervisión de la ASFI o que sí comenzaron el trámite respectivo, pero que no concluyó.
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