El alcalde Luis Revilla, aseguró que la nueva Ley de Transporte Municipal, busca normar y regular el procedimiento de cálculo de tarifas para la prestación del servicio de transporte público, a pesar del rechazo categórico de los choferes a la aplicación de ese instrumento legal.
Recordó que la Ley le otorga competencias para elaborar una estructura de costos respaldada por estudios y justificaciones técnicas adaptadas a la realidad local y validadas por los actores involucrados en el transporte.
El reglamento fue remitido a la Federación de Juntas Vecinales y a la Central Única de Transporte Urbano de La Paz (Cutup), para su análisis, evaluación y observaciones que deberían hacer llegar hasta el próximo lunes, plazo que puso el propio Alcalde.
De esta manera se evita la especulación en el incremento de la escala tarifaria y se permite a la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito (Amtt) regular esta escala utilizando “variables científicas y resultados comprobables”, conforme se señala en el artículo 8.
El universo para el estudio comprende todas las rutas aprobadas por la Alcaldía. Entre los criterios de valoración está la cantidad de pasajeros transportados, kilometraje efectivo de operación, número de vueltas, montos económicos recaudados, tiempos muerto, kilometraje improductivo.
En cuanto a la determinación de la tarifa propiamente, el artículo 12 del reglamento establece que se calculará el Costo Total por Kilómetro (CTK) y el Índice de Pasajero por Kilómetro (IPK) como componentes básicos. Sin embargo, la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito podrá realizar algunos ajustes considerando otras variables como la calidad del servicio y la seguridad vial, entre otras.
En el Costo Total por Kilómetro se consideran los costos de operación y consumo del sector del transporte, entre otras variables. En tanto, el Índice de Pasajero por Kilómetro permite determinar la demanda del transporte y las características de la operación.
En base a esos estudios se determinará las tarifas y el cumplimiento, control, supervisión e imposición de sanciones estará a cargo de la Autoridad Municipal de Transporte y Tránsito, conforme se describe en el artículo 19 del reglamento.
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