A partir de la fecha los artistas nacionales, personas naturales y jurídicas que organicen eventos artísticos -exclusivamente con actores nacionales- deberán solicitar la autorización de dosificación de facturas, tengan o no NIT (Número de Identificación Tributario), en la plataforma de atención al contribuyente de la jurisdicción a la que corresponde y de no contar con el mismo deben recabarlo en la Distrital donde se desarrollará el espectáculo público.
Los organizadores de estos eventos también deberán mostrar el contrato de alquiler que acredite el uso del espacio de propiedad del Gobierno Central o Municipal, especificando la fecha de presentación o certificación de auspicio del Ministerio de Culturas o de las Entidades Territoriales Autónomas. Finalmente será necesario el detalle con las fechas de presentación, el nombre del evento, los precios y cantidades de facturas solicitadas.
Cuando la solicitud de dosificación sea realizada por una persona natural, ésta deberá presentar los mismos documentos.