Uno de los atributos fundamentales del Estado, como sociedad organizada, es el poder, entendido como fenómeno político exclusivo del Estado, de donde inferimos que todo acto de poder estatal, es un acto político y siguiendo la teoría del origen del poder, debemos decir que éste se origina en la voluntad del pueblo que, en el ejercicio de su soberanía, decide voluntariamente quiénes y con qué programa deben gobernar.
Precisamente han sido varios los filósofos políticos, comenzando por los sabios griegos de la antigüedad, entre ellos Aristóteles y Platón, que en sus formas de gobierno señalaron a la democracia, donde el poder radica en el pueblo y está al servicio de éste. Más tarde fueron Marsilio de Padua, Hobbes, Locke, Rousseau (éstos últimos sostenedores de la teoría del “contrato social”) quienes dieron forma a la teoría y práctica de lo que hoy conocemos como: participación del pueblo en la conformación del poder del Estado.
Pero este poder, para evitar precisamente que sea excesivo, está dividido en tres instancias, órganos o poderes: Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de tal manera que entre éstos -siguiendo a Montesquieu- debe haber igualdad e independencia uno de otro y como lo sentenció: “no es bueno que los tres se concentren en uno solo”, porque entonces desaparece la libertad y garantías del individuo en la sociedad.
El Estado, como máxima instancia de la sociedad organizada, hace uso de la soberanía para ejercer ese poder y en consecuencia conseguir la debida obediencia de los súbditos del Estado, aunque éstos tengan diversidad de confesiones religiosas, credos ideológicos, etc., pero estén unidos precisamente en el Estado. Sin embargo, la construcción de éste ha sido resultado del desarrollo de la sociedad, que partió de la primitiva tribu, hasta el actual Estado Continente y el Estado Nacional (que en algunas partes todavía sigue su proceso de construcción, mientras en otras ha flexibilizado su soberanía).
También es bueno recordar que desde la antigüedad, los hombres han luchado para conquistar sus derechos y libertades frente al poder del Estado, y para ello construyeron ideas teórico políticas que luego fueron llevadas a la práctica, pero siempre buscando el “bien común” o bienestar general, como principal finalidad del Estado y fijando límites a ese poder estatal ejercido por los gobernantes.
Así en el Siglo XVII, fue la revolución inglesa de 1668 la que impuso al rey su sometimiento a la ley o Constitución, y luego con la Revolución Francesa y la Norteamericana se expandió el sistema de la democracia liberal o de libertades individuales, frente a los excesos del poder, ya que quienes tienen como misión administrarlo, tienden a acumular más poder y hacer uso y abuso del mismo.
Precisamente para limitar el poder y sus excesos, están la Constitución Política y las leyes que norman la vida del Estado y del individuo en éste, sus relaciones, propiedad, actividades, pensamiento, expresión y todo lo que hace a su vida y desarrollo, y el Estado en cuanto a sus atribuciones, fines y límites. Pero para hacer efectivos esos límites, los órganos o poderes públicos tienen que gozar de independencia, en especial el Órgano Judicial, al que se podría acudir en resguardo de las libertades y derechos individuales y colectivos afectados por el poder político.
Sin embargo si el órgano llamado a cumplir ese rol de salvaguarda de derechos y libertades está copado y controlado por el poder político, entonces la sociedad está en una situación de indefensión y en consecuencia a merced del autoritarismo que conculca derechos y libertades.
En esa lucha de los hombres en la historia por defender sus libertades, nacidas de los “derechos naturales”, se ha construido toda una teoría y práctica del “derecho de resistencia” frente a la tiranía, y aun del “derecho de tiranicidio” o matar al tirano. Y en nuestro no muy lejano pasado fue el gran Franz Tamayo quien en consideración a la tendencia histórica boliviana del exceso de poder, presentó su proyecto de ley “capital”, para liquidar a los tiranos.
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