Ministerio de Gobierno presenta reglamento de Ley Antialcohol


El Ministerio de Gobierno informó a EL DIARIO acerca del contenido del reglamento de la Ley 259, de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas a través del Decreto Supremo 1347.

De acuerdo a los documentos obtenidos por esta casa periodística, se creará el Registro Nacional de Contravenciones al Consumo de Bebidas Alcohólicas a cargo de la Policía boliviana, para las siguientes contravenciones: Conducción de vehículos públicos o privados en estado de embriaguez, consumo de bebidas alcohólicas al interior de motorizados, en espacios públicos de recreación y eventos deportivos. También estará prohibido beber en presencia de menores de 18 años de edad, salvo en casos de degustación o acompañamiento de alimentos.

Las personas infractoras de esta norma serán detenidas por efectivos policiales para otorgarle una papeleta de infracción. Las sanciones oscilarán entre pagar multas en UFV’s o trabajo comunitario. Las multas deberán ser pagadas en un plazo de 15 días. El mismo plazo deberá ser cumplido en el trabajo comunitario.

El Ministerio de Economía y Finanzas, en función a la Resolución Multiministerial, asignará los recursos provenientes de la recaudación por el cobro de multas, a las cuentas de los ministerios correspondientes.

Los conductores en estado de ebriedad deberán ser sometidos a la prueba de alcoholemia. El grado máximo de alcohol permitido se establecerá un 0.50 % en cada 1.000 ml. de sangre. Las sanciones también serán determinadas mediante multas y trabajo comunitario, que serán cumplidas a través de 10 horas de trabajo diario.

Las sanciones de inhabilitación temporal y suspensión definitiva de licencia de conducir, señaladas en el Art. 34 de la normativa, se efectivizarán mediante resolución del Organismo Operativo de Tránsito y puestas en conocimiento de las instancias que correspondan.

Por otro lado, los medios de comunicación que difundan publicidad de bebidas alcohólicas y no cumplan con las restricciones al contenido de la publicidad, serán sancionadas la primera vez con 10.000 UFV’s. En caso de reincidencia la multa ascenderá a 15.000 UFV’s.

También se obligará a los medios de comunicación remitir al Ministerio de Comunicación reportes mensuales del pauteo publicitario de bebidas alcohólicas.

Respecto al conflicto minero de Colquiri, el Ministerio de Gobierno informó que envió una nota a la Coordinadora Residente en Bolivia de la Organización de las Naciones Unidas, Yoriko Yasukawa con el fin de conformar una comisión de alto nivel para investigar la muerte del minero asalariado, Héctor Choque en los conflictos acaecidos hace dos semanas aproximadamente.

 
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