Concejo elabora un reglamento para el decomiso de bebidas y alimentos

Los ediles analizarán en los próximos días la norma que permita destruir los alimentos decomisados por la Intendencia Municipal.


Actualmente, el control en la venta de alimentos en las calles de El Alto es encabezado por la Intendencia Municipal.

La Comisión de Medio Ambiente y obras se encuentra elaborando un Reglamento Específico para el Decomiso de Bebidas y Alimentos No Aptas para el Consumo Humano, cuyo objetivo es dotar al Gobierno Municipal de un instrumento jurídico-técnico que regule el procedimiento para el decomiso y destrucción de suministros perecederos.

Los legisladores, a la cabeza del concejal Félix Loayza, se encuentran trabajando varias semanas en la elaboración del proyecto de reglamento donde se pretende impulsar en un tiempo breve las normas que regule el procedimiento de decomiso y destrucción de los alimentos que son incautados por estar en mal estado, por ser adulterados, por la caducidad de la fecha de vencimiento, etc.

Para ello, el Gobierno Municipal ejerce los controles correspondientes, a través de la Unidad de Control de Calidad y Sostenibilidad Ecológica (Uccse) dependiente de la Dirección de Medio Ambiente y Agua, junto a la Dirección General de Asesoría Jurídica, la Intendencia Municipal y la Dirección Administrativa.

Entre sus responsabilidades se puede mencionar la verificación y control del cumplimiento de los procedimientos técnicos normativos establecidos en el reglamento.

Del mismo modo, están comprometidas a realizar inspecciones y controles periódicos en la cuidad de El Alto, para una posterior emisión de los respectivos informes técnicos, además de sancionar a quienes incumplan las previsiones contenidas en la norma.

Por su parte, la Intendencia Municipal debe verificar el expendio adecuado en las diferentes actividades económicas de urbe, que se dediquen a la elaboración, trasformación, transporte y comercialización de alimentos y bebidas en general y también, deben controlar las condiciones sanitarias, de higiene y conservación de los mismos.

Esta entidad puede proceder al decomiso de los productos en general cuando se constate las causales establecidas en el reglamento a ser analizado en los próximos días.

En lo que respecta a Uccse, es la encargada de realizar el control de higiene y salubridad de los alimentos en el área donde se encuentre la actividad económica.

Agregado a ello, la Dirección Administrativa será la que proporcione y gestione los medios logísticos para el traslado y destrucción de alimentos y bebidas decomisados y, en coordinación con la Empresa Municipal de Aseo de El Alto (Emalt), debe realizar el proceso de reciclaje de los materiales residuales una vez realizada la destrucción de alimentos y bebidas decomisados.

Por otra parte, el reglamento contempla los parámetros para determinar si un producto cárnico y sus derivados no son aptos para el consumo, la norma toma en cuenta el decomiso cuando tienen una superficie pegajosa, es blanda al tacto, tiene un color verdoso-negruzco y tiene un olor fétido, y en carne de cerdo además se contempla para la confiscación todas aquellas que tengan una masa muscular con grasas blanquecinos del tamaño de una lenteja.

Del mismo modo, se tomarán parámetros similares para el control de los diferentes alimentos.

Una vez identificadas las faltas se procederá a decomisar anotando las características del mismo en un único libro de “Acta de Decomiso”, en la misma se hará constar lo siguiente: la fecha de decomiso, nombre o razón Social, ubicación de la actividad económica, nombre del propietario o encargado, motivo o causas que del decomiso, detalle de los productos decomisados, firma de funcionarios municipales que practicaron el decomiso y la firma del titular o persona con la que se realizó la diligencia.

Posteriormente, en el caso de los productos cárnicos y sus derivados, alimentos preparados y alimentos frescos se procederá a su destrucción inmediata mediante el reciclaje, entierro o su incineración de acuerdo a la valoración técnico-científica de la Comuna.

En caso de productos envasados o bebidas alcohólicas y no alcohólicas deberá ser almacenados en depósitos de la Intendencia Municipal por el lapso de dos o máximo tres meses para su posterior reciclaje o destrucción, salvándose aquellos casos donde exista impugnación expresa de parte del dueño del producto, en tal caso se esperara cuatro meses en almacenes para su posterior destrucción.

Además, otros puntos del nuevo reglamento están siendo analizados por la Comisión Impulsora, una vez concluida la norma se pondrá a disposición del Pleno del concejo para su aprobación.

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