[Raul Pino]

TAM y su situación jurídica


Para estructurar una verdad no se la debe deformar o disfrazar sistemáticamente, pues lo que se busca es que la mayoría de la población la reconozca como tal. Si todos los bolivianos reconocen que hay objetivamente una deficiencia en oferta y selectividad de transporte aéreo de cabotaje (rutas internas) en el país, recientemente agravada por el cese de operaciones de la empresa AeroSur, entonces el denunciar públicamente a una línea aérea, aduciendo que no cuenta con autorización para realizar vuelos comerciales y trasladar pasajeros, sería por obtener publicidad o dañar a la presunta línea infractora, induciendo a la preferencia por la competencia.

Se reconoce que el TAM (Transporte Aéreo Militar) está autorizado por varios decretos a realizar vuelos de índole social y la necesidad de transporte aéreo contribuyó a que la aerolínea se capacite técnicamente, forme adecuadamente a su personal en los diversos estamentos de responsabilidad, adquiera o alquile aeronaves modernas y realice transporte aéreo.

Lo deseable hubiera sido que si existen impedimentos de orden técnico- jurídico que el TAM debería regularizar, se persuada a esta importante línea aérea a que los observe y se sujete a las normativas de la DGCA y adquiera la calidad de operador aerocomercial, según las normas de OACI en lo técnico y de IATA en lo tocante a las regulaciones de orden general, pues el transporte aéreo tiene la característica de la universalidad, que en el futuro favorecería a los naturales proyectos de expansión extra limítrofes.

No es fácil equiparar la labor de integración y vinculación a las apartadas comunidades del país, que efectúa cotidianamente el TAM, con la que realiza un operador común, que es eminentemente comercial, pues la naturaleza del bien social las diferencia tangiblemente.

Por lo expuesto es recomendable que todo representante nacional, ante atisbos de presuntas irregularidades que se detecte en empresas, organizaciones y personas, actúe con discreción, conocimiento previo y afán de reconducir la actividad para enmendar errores, antes de hacer pública la denuncia produciendo resultados negativos, pues la imagen de la institución es de vital importancia.

A ningún ciudadano le es ajena la realidad de que el TAM cumple una labor eficiente y provechosa para las regiones y pueblos olvidados y con inaccesibilidad por superficie. Por ello si el TAM por su experiencia adquirida, que es un intangible valioso, la modernidad de sus equipos volantes y el crecimiento de su actual cobertura en el país, requiere de una autorización de la DGCA, el usuario beneficiado por su presencia, regularidad, puntualidad y buen servicio, estima que la aerolínea cumplirá con esos trámites y cambios de personalidad jurídica, si por su esencia jurídica los necesita. El ciudadano no conoce mejor instrumento moderno para solucionar una presunta irregularidad o controversia que el diálogo y el asesoramiento, sea cual fuere la actividad.

El autor es abogado corporativo, postgrado en Derecho Aeronáutico.

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