Comisión analiza cambios dentro la Ley de Extinción de Dominio Público


Ayer, el ministro de Gobierno, Carlos Romero y las presidentas de ambas Cámaras de la Asamblea Legislativa, Rebeca Delgado y Gabriela Montaño, se reunieron con el objetivo de analizar los recientes cambios de la Ley de Extinción de Dominio Público.

Se prevé que la próxima semana, la normativa ingrese nuevamente al pleno de la Cámara Baja para ser tratada, esta vez, en su estación en detalle. Entre las principales modificaciones está la ampliación del plazo para la presentación de descargos que correspondan y la existencia de una causa penal para que la acción de extinción de dominio proceda.

La presidenta de la Cámara Baja explicó que durante esta semana, se realizaron reuniones con la Procuraduría General del Estado, Ministerio de Gobierno, Ministerio de Economía y Finanzas, las comisiones legislativas para realizar modificaciones a la normativa.

Por su parte, el ministro Carlos Romero señaló que la normativa sufriría modificaciones en la formulación y a la vez substantivas.

“Estamos viendo el tema con ambas cámaras, para evitar problemas cuando esta ley sea tratada en la Cámara de Senadores, pero básicamente, una de las preocupaciones centrales que se han expresado es que el procedimiento podría ser muy discrecional”, dijo.

Romero indicó que dejando claramente establecido en el artículo 5 de la Ley, que establece que para que la extinción de dominio proceda, primero tiene que existir una causa penal que se ha instaurado ante la autoridad de la respectiva jurisdicción, se revisó la redacción de este punto de la norma, “para que no exista esa susceptibilidad”.

La autoridad agregó que la mayor susceptibilidad se da en torno a las actividades informales, gremialistas, transportistas y otros sectores que no controlan sus ingresos con el sistema facturado y no tienen la posibilidad de descargar documentadamente sus ingresos.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (702 Kb)      |       PDF (241 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:9.00 Bs.
1 UFV:1.78524 Bs.

Publicidad