El preacuerdo que reconocía sólo el 50% del recurso como propiedad de Bolivia


El preacuerdo sobre las aguas del Silala que se intentó firmar en 2008, entre las administraciones de Evo Morales por Bolivia y Michelle Bachelet por Chile, derivó del grupo de trabajo conjunto constituido en 2004 y ratificado entre 2005 y 2008, y que formaba parte del mecanismo de diálogo bilateral denominado la Agenda de 13 puntos del 2006.

El acuerdo de largo plazo se supeditaba a los estudios técnicos que comenzaron el año 2000 estableciendo un documento “para la preservación, sostenibilidad, uso y aprovechamiento del sistema hídrico del Silala o Siloli para beneficio de ambos países”.

Del total del caudal, citaba el preacuerdo, un porcentaje corresponde a Bolivia y es de libre disponibilidad pudiéndose incrementar según avance el estudio técnico de la estación hidrométrica proyectada. También se concluía que Chile podría beneficiarse de esta parte del recurso, constituyéndose en aprovechatario con las responsabilidades contractuales que el Gobierno boliviano estime.

El Art. 4 impedía los proyectos que ahora son implementados por la Gobernación de Potosí: “Considerando la fragilidad del ecosistema del Silala o Siloli, por el presente Acuerdo las Partes se comprometen a mantener las condiciones actuales de calidad del agua que fluye a través de la frontera, y a cuidar que cualquier obra que emprendan a futuro individual o conjuntamente no afecte dicho caudal y calidad”.

Junto a las estaciones técnicas se daba cabida a la estación de la Dirección General de Aguas de Chile, DGA, ubicada en el lado chileno, próxima al cruce del límite internacional.

“La recolección, archivo y procesamiento de los datos, quedará a cargo de la Dirección General de Aguas (DGA) en Chile y del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología (Senamhi) en Bolivia”, estipula el Art. 9.

Chile aparentemente daba garantías a las determinaciones del Estado boliviano, pero derivaba cualquier resolución de controversias al grupo de trabajo bilateral creado en 2004, con representantes de ambas cancillerías.

“Si no pudiere llegarse a un acuerdo a través de estos procedimientos respecto de la aplicación o interpretación del presente Acuerdo, cualquiera de las Partes podrá solicitar que se constituya una Comisión de Conciliación de tres miembros, para someter la diferencia a su conocimiento y recomendación”.

El documento entraría en vigencia recién tras cuatro años de su firma y en ningún artículo menciona el pago de forma retroactiva de la deuda que Chile tiene con el país desde 1908.

DATOS

- 2000 Se habla de equipos técnicos

- 2004 Se establece Grupo de Trabajo Conjunto

- 2006 Formulación de Agenda de 13 puntos

- 2008 Preacuerdo sobre el Silala

 
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