(Erbol).- La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), dependiente de la Organización de Estados Americanos (OEA), felicitó al Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia (TCP) por la sentencia que elimina el desacato del Código Penal y calificó de un avance en materia de libertad de expresión dicha decisión.
El TCP declaró inconstitucional el artículo 162 del Código Penal, que establecía pena de prisión agravada para quien incurriera en calumnia, injuria o difamación en perjuicio de un funcionario público (desacato). Mediante la sentencia 1250/2012 de 20 de septiembre de 2012, el Tribunal indicó que las disposiciones del artículo eran inconstitucionales, pues afectaban de manera desproporcionada el derecho a la libertad de expresión.
Según el Tribunal Constitucional, el desacato crea una situación inconstitucional de desigualdad entre funcionarios y ciudadanos, y es incompatible con los compromisos internacionales de derechos humanos. También enfatizó que los funcionarios públicos deben ser objeto de una fiscalización especial y amplia, que permita un debate vigoroso sobre asuntos de relevancia pública.
Reiteró el carácter vinculante de las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y citó ampliamente la doctrina del sistema interamericano en materia de libertad de expresión, incluyendo el Informe sobre la compatibilidad entre las leyes de desacato y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, publicado por la CIDH en 1994.
La Relatoría de la OEA considera que la sentencia del TCP constituye un avance ejemplar en materia de libertad de expresión y resalta la importancia de adecuar las legislaciones nacionales a los estándares internacionales en la materia. Considera que la misma representa un avance trascendental en la protección y el fortalecimiento de la libertad de expresión en la región.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.
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