UN exige investigación vía Ley Anticorrupción

Morales justifica incremento de su patrimonio por constantes regalos



Evo Morales cuenta con Bs 2.705.058 de patrimonio neto, en parte por los cotizados ponchos andinos.

Tras las informaciones sobre el incremento del patimonio del presidente Evo Morales en 300 por ciento desde que asumió el mando en 2006, las repercusiones han continuado en el país. Ayer, el mandatario reiteró que sus ingresos aumentaron gracias a los regalos que las organizaciones sociales le hacen permanentemente, especialmente con los ponchos tejidos que valdrían 200 dólares cada uno.

En Ckochas, departamento de Potosí, desde donde viene gobernando, el presidente Evo Morales dijo que su patrimonio seguirá creciendo pues cada día recibe regalos, algunos con mayor valor económico que otros.

“A mí me acusan que el patrimonio de Evo Morales ha crecido, yo qué culpa tengo que si el pueblo me regala y me regala, el patrimonio va a seguir creciendo (risas). Yo cotizo que como unos 200 dólares mínimo debe costar estos ponchos tejidos, esto es parte de la artesanía, saludamos y respetamos a nuestras hermanas que siguen manteniendo nuestra identidad”, declaró.

Para el líder de Unidad Nacional (UN), Samuel Doria Medina, la revelación del mandatario constituye una forma de confesión que debería ser investigada por las autoridades judiciales y en el marco de la Ley Anticorrupción Marcelo Quiroga Santa Cruz.

“Esto es muy grave porque el presidente ha confesado que está violando las leyes. El artículo 14 del Estatuto del Funcionario Público establece, muy claramente, que las autoridades no pueden recibir regalos, que eso es un delito”, dijo.

El artículo 14 del Estatuto del Funcionario Público referido por el opositor cita: “(Regalos y otras dádivas). Los servidores públicos están prohibidos de aceptar, de cualquier persona individual o colectiva, pública o privada, nacional o extranjera, obsequios, regalos, beneficios u otro tipo de dádivas, orientadas a favorecer directa o indirectamente las gestiones a su cargo o hacer valer influencias ante otros servidores públicos con propósitos semejantes, sin perjuicio de las sanciones penales”.

Sin embargo, el siguiente artículo especifica las excepciones, aunque la norma ha quedado desactualizada por la nuevas estructura jurídico – política del país.

“ART. 15 (Excepciones). Los servidores públicos no estarán impedidos de recibir obsequios, regalos o reconocimientos protocolares de gobiernos u organismos internacionales, en las condiciones en que la Ley o la costumbre oficial lo admitan. La Superintendencia de Servicio Civil determinará reglamentariamente la clase de presentes susceptibles de ser incorporados al patrimonio del Estado, según su característica y valor”.

 
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