La recuperación de la democracia en Bolivia no fue producto de oportunismo político ni demagogia, para que ésta sea interpretada a gusto y sabor de los gobiernos de turno. Ella fue resultado de la pasión que los bolivianos sentimos por la vigencia del poder contestatario y por las libertades de expresión, pensamiento e información, derechos ciudadanos sin los cuales la democracia sería un simple postulado retórico.
Por otro lado, la estoica resistencia a las dictaduras también insufló contenido a la necesidad de que Bolivia estructure un Estado de Derecho con sus tres poderes independientes, partiendo del pleno respeto al Poder Judicial, puesto que sobre este otro pilar descansan los derechos de la ciudadanía y así no sea atropellada por gobiernos con discrecionales decisiones.
La majestad del Poder Judicial radica en el espíritu de sus normativas legales y en la honorabilidad de sus administradores, cuya formación está dada para resistir las tentaciones de quienes quisieran imponer sus intereses por presión política o soborno económico.
Por lo tanto, aquellos gobiernos que antes de la recuperación de la democracia en alguna forma utilizaron al Poder Judicial para su beneficio o en intentos para acallar la voz de la verdad que radica en las libertades de expresión, pensamiento e información, no volverán, por cuanto la sangre, el llanto y el exilio de quienes lucharon por estos derechos han calado hondo en el pueblo boliviano y ningún gobierno posterior puede pretender conculcar las libertades conquistadas.
Tampoco se debe comprometer la investidura de los magistrados del Poder Judicial por ambiciones subalternas de otros poderes del Estado, porque la sabiduría y la rectitud deben ser muros de contención a fin de dignificar ese Poder del Estado y así ganar la plena confianza de la sociedad civil.
Existiendo los derechos ciudadanos en la actual Constitución, así como estando en vigencia la Ley de Imprenta y con ella el Tribunal de Imprenta, no se debería pretender usar al Poder Judicial para acabar con las libertades individuales o acallar a la Prensa independiente, cuyo único compromiso es recoger el pensamiento ciudadano e informar sobre lo bueno y malo que sucede en nuestro país.
Que la Agencia de Noticias FIDES haya transcrito palabras de una autoridad, ya sea en forma de sustantivo o adjetivo, que tienen la misma raíz, y que EL DIARIO las hubiera publicado textualmente, sin aumentar ni un punto ni una coma, ¿será motivo suficiente para denunciar el manejo periodístico de este intrascendente tema como delito de orden público y tipificarlo como racismo o discriminación regional?
Los que sí tienen alta dosis de racismo y discriminación son hechos que están sucediendo con frecuencia y que algunos fiscales los mantienen en la impunidad: discriminación a indígenas de Mallku Khota, atropellos en Caranavi, enfrentamiento entre indígenas del TIPNIS y cocaleros agrupados en CONISUR, mineros asalariados con cooperativistas, división en el CONAMAQ e ingreso a la Plaza Murillo sólo de organizaciones corporativas del MAS.
Definitivamente, sería correcto que los administradores de justicia en este caso se remitan a las fuentes originales del idioma castellano, en el espacio que se refiere a la semántica, porque aquí radica el meollo de la falsa interpretación de los denunciantes. Para esto están la Academia Española de la Lengua y la Academia Boliviana de la Lengua, cuyo presidente es el Dr. Mario Frías Infante.
A los precipitados actores de esta insólita denuncia y que estimamos tienen sapiencia, les recordamos que para estos casos se encuentra en vigencia la Ley de Imprenta, amparada por la propia Constitución y cuyo contenido ni las dictaduras militares han pretendido discutirlo, además de haber sido aplicado en varias oportunidades para satisfacción de quienes se sintieron ofendidos.
El Art. 19 de la Declaración Universal de los DDHH expresa: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones y el de difundirlas…”. La Declaración de Chapultepec dice en su punto 10: “Ningún medio de comunicación o periódico debe ser sancionado por difundir la verdad o formular críticas o denuncias contra el Poder Público”.
La Convención Americana sobre Derechos Humanos manifiesta: “La libertad de expresión es una piedra angular en la existencia misma de una sociedad democrática. Es indispensable para la formación de la opinión pública. Es posible afirmar que una sociedad que no está bien informada no es plenamente libre”. El Art. 10 de la Convención de Salvaguardia de los Derechos del Hombre y de las Libertades Fundamentales expresa: “Toda persona tiene derecho a la libertad de expresión. Este derecho comprende la libertad de opinión y la libertad de recibir o comunicar informaciones o ideas sin que pueda haber injerencia de autoridades públicas”.
El ilustre pensador Franz Tamayo decía: “Hay algo que vale más que el oro y ese algo es la VERDAD”.
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