El representante de la Defensoría del Pueblo en El Alto, José Luis Hidalgo, aseguró que esta instancia se encuentra analizando la posibilidad de definir si fiscalizará o no la aplicación de Ley de Indulto, de acuerdo con las atribuciones que le confiere la norma, con la finalidad de que las personas privadas de libertad de los diferentes penales del país sean favorecidas sin que genere riesgo en la seguridad social.
El director General de Régimen Penitenciario, Ramiro Llanos, en pasados días confirmó que la eventual aprobación de una Ley de Indulto para personas recluidas en las cárceles de Bolivia podría beneficiar sólo a unos 200 reclusos (1,48%) de los cerca de 13.500, luego de una valoración en relación a lo que dicen las propuestas y a la cantidad de internos con sentencia en el país.
Para Hidalgo, las personas involucradas con delitos de muerte de personas, estafa múltiple, robo agravado y reincidentes en otros delitos, como el caso de las pildoritas y robos en domicilios, no deben ser favorecidos con la libertad, aspecto para el que, en primera instancia, se debe solicitar la nómina de las personas favorecidas para verificar los procesos que enfrentan y la reincidencia de los mismos.
“Nosotros estamos convencidos que existen personas enfermas o ancianas, que si bien son privados de libertad y enfrentan una condena por primera vez, la misma no les prohíbe que puedan ser asistidos de sus otros derechos como es el caso de la salud que no pueden ser atendidos mientras estén en la cárcel”, explicó Hidalgo.
Entretanto, indicó que se busca solicitar un informe al Ministerio Público con la finalidad de definir cuantas personas implicadas en delitos mayores han sido favorecidas con la libertad provisional, con el propósito de establecer las funciones de dicha entidad en beneficio de la población.
Asimismo, recalcó que el Ministerio de Justicia se encuentra proyectando la Ley de Concesión de Indulto por razones humanitarias, que prevé beneficiar al 40% de la población penal en Bolivia. La medida se aplicaría en cinco casos; a menores de 21 años, a mayores de 60, gente con discapacidad grave o muy grave, personas con enfermedad terminal y condenados hasta con ocho años de cárcel.
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