(Oxígeno).- La Ley Contra el Tráfico de Tierras, la cual penaliza la posesión ilegal de terrenos con cárcel de tres a ocho años y regula el Artículo 396 de la Constitución prohibiendo que ningún extranjero pueda adquirir tierras del Estado, está vigente desde el 30 de diciembre de 2013.
La ley 477, que permite al Estado resguardar, proteger y defender la propiedad privada individual y colectiva, además de la propiedad estatal y tierras fiscales, modifica el Código Penal e incorpora nuevos tipos penales contra el loteamiento y tráfico de tierras en el área urbana y rural.
Aquellos que arrienden, permuten o vendan tierras individuales o colectivas que son de propiedad del Estado o de entidades públicas serán sancionados con tres ocho años de cárcel.
Lo propio ocurrirá con quien por sí o por terceros, mediante violencia, amenazas, engaño, abuso de confianza o cualquier otro medio, invada u ocupe tierras o inmuebles individuales, colectivos, bienes de dominio público o de patrimonio del Estado.
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