TSE no modificará resolución y se ampara en Ley de Régimen Electoral



Vocal Wilfredo Ovando.

Luego que el Movimiento Sin Miedo (MSM) presentara ante el Órgano Electoral una reposición para que se deje sin efecto la Resolución 001/2014 que sanciona a partidos políticos que realicen campañas antes de la convocatoria a elecciones, el vicepresidente del Tribunal Supremo Electoral (TSE), Wilfredo Ovando, vio imposible desechar esa norma ya que se elaboró de acuerdo a lo estipulado en la Ley de Régimen Electoral, por lo que se analizará hoy en Sala Plena, además de la denuncia contra el MAS por supuesta campaña anticipada.

“Cualquier tema de anular la sanción pasa por cambiar la Ley, en todo caso cualquier reclamo tienen que solicitarse mediante la modificación de la Ley, su derogación o abrogación. Es importante aclarar que nosotros aprobamos una resolución en base a un reglamento, no hemos impuesto las sanciones, porque ya están en la Ley 026 que la Asamblea Legislativa la dictó y está en su artículo 120”, puntualizó.

Remarcó que el TSE dentro de sus competencias y atribuciones lo único que realizó es determinar el monto de las sanciones antes de la convocatoria a elecciones previstas para octubre.

El artículo 120 de la Ley de Régimen Electoral, en su parágrafo primero señala: “La propaganda electoral que contravenga las disposiciones establecidas en esta Ley y/o en el Reglamento del Tribunal Supremo Electoral constituye falta electoral y dará lugar a la imposición de sanciones y multas a la organización política y/o candidatura infractora y al medio de comunicación que la difundió, sin perjuicio de las responsabilidades que correspondan”.

El martes, el MSM presentó ante el TSE un recurso de reposición para que deje sin efecto la Resolución ya que restringiría los derechos políticos de los partidos al establecer sanciones a ser aplicadas en períodos no electorales y dio un plazo de 72 horas para su respuesta.

Asimismo, el lunes el Frente Amplio denunció actos proselitistas por parte del partido de Gobierno con el uso de bienes del Estado, efectuado en Camiri, Santa Cruz, el domingo por el presidente Evo Morales y el vicepresidente Álvaro García, ya que con estas acciones se estaría infringiendo el artículo 126 de la Ley de Régimen Electoral.

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