De la guerra del PacÍfico
Pedro Nolasco Videla, encargado de negocios de Chile en Bolivia, en nota de esta fecha, pidió al ministro de relaciones exteriores que en el perentorio término de cuarenta y ocho horas declarara si aceptaba o no el arbitraje establecido en el pacto de 1875.
LA RECLAMACIÓN CHILENA SOBRE LA LEY DE 14 DE FEBRERO DE 1878
El gobierno de Chile, tomando voz y caución por la compañía de salitres y ferrocarriles de Antofagasta, y dando carácter diplomático a la gestión de ésta, que por su propia naturaleza, era de derecho interno, envió a Bolivia, a don Pedro Nolasco Videla, en calidad de encargado de negocios, y con la misión especial de pedir la derogatoria de la ley de 14 de febrero de 1878, que estableció el impuesto de diez centavos sobre cada quintal de salitre exportado por el puerto de Antofa-gasta.
Entáblose la reclamación por el diplomático chileno, y la discusión entre éste y el ministro de relaciones exteriores de Bolivia duró por algún tiempo. El lenguaje descortés y duro que emplearon en esta discusión, tanto la cancillería chilena cuanto su encargado de negocios en Bolivia, hizo deducir, sin temor de engañarse, que lo que se pretendía era precipitar un rompimiento, tomando por pretexto ostensible el impuesto salitrero y otros de carácter municipal establecidos en el puerto de Antofagasta.
LOS PREPARATIVOS BÉLICOS DE CHILE
En momentos en que la discusión había llegado a un estado álgido, el gobierno boliviano recibió avisos de haber fondeado en el puerto de Antofagasta el buque de guerra chileno “Blanco Encalada” con elemen-tos bélicos y miras hostiles. Asimismo fue informado de la actitud de resistencia que había tomado el gerente de la compañía salitrera, para no pagar el impuesto, en virtud del apoyo que le prestaba el gobierno de Chile por medio de su cónsul en aquel puerto.
LA RESCISIÓN DEL CONTRATO CON LA COMPAÑÍA SALITRERA
En vista de todo esto, el gobierno de Bolivia, para cortar toda dificultad, dictó la resolución suprema de 1º de febrero de 1879, por la que se declaraba rescindido el contrato con la mencionada compañía salitrera. Esta solución no podía ser más natural y lógica y al mismo tiempo más justa y pacífica, puesto que abría las puertas a la compañía para hacer valer tus derechos ante los tribunales competentes.
Mas, el encargado de negocios de Chile se negó a conformarse con la resolución, aduciendo que el gobierno boliviano había evitado dar una resolución clara y definitiva y que desentendiéndose del arbitraje había abandonado la gestión diplomática. Como complemento, dirigió al gobierno de Bolivia, la célebre nota –ULTIMATUM, en la que se leen estos conceptos:
LOS TÉRMINOS DE LA NOTA-ULTIMÁTUM
Teniendo presente la seguridad, que V. E. me da en la nota que me ocupo en contestar, de que en caso de un nuevo incidente -como yo califico el actual- el gobierno de V. E. estará siempre dispuesto a apoyarse en el recurso arbitral, me apresuro a rogar a V. E. que se sirva declararme definitivamente, en una contestación franca y categórica, si el gobierno de V. E. acepta o no el arbitraje establecido en el pacto de 1875 suspendiendo previamente toda innovación hecha en el Litoral con respecto a la cuestión en que nos ocupa-mos.
“En atención a los inmensos perjuicios que diariamente reciben las industrias y el comercio de aquel departamento, y en obsequio a la tranquilidad pública seria-mente amenazada me permito también pedir a V. E. que se digne darme dicha contestación en el perentorio término de cuarenta y ocho horas.
Las consecuencias que forzosamente tienen que desprenderse de una contestación negativa serán de la exclusiva responsabilidad del Excmo. gobierno de Bolivia”.
Un oficio tan descortés y tan insolente no podía ser tomado en cuenta por el gobierno de Bolivia sin mengua del decoro nacional; el oficio no fue contestado. Entonces, el ministro chileno, dirigió otro, con fecha 12, en el que decía:
EL MINISTRO CHILENO PIDE SUS PASAPORTES
Hasta hoy miércoles a la 1 p. m. ha co-rrido con exceso el plazo fijado y sin em-bargo aun no he tenido la honra de recibir la contestación de V. E. Este silencio equivale a una negativa que hace del todo inútil e infructuosa la permanencia de esta legación cerca del Excelentísimo gobierno de Bolivia.
“Por lo tanto y en conformidad con las Instrucciones que de mi gobierno tengo recibidas, he resuelto regresar a Chile y me permito rogar a V. E. que se sirva expedir-me los pasaportes necesarios”.
Y el gobierno de Bolivia le expidió los pa-saportes, no sin haber tentado antes otros medios de conciliación.
La nota ultimátum del ministro Videla fue de 8 de febrero; el termino perentorio fijado para la contestación debía cumplirse a la una del día 12, y como la ocupación de An-tofagasta por fuerzas chilenas se verificó el 14, a las seis de la mañana, resulta que el gobierno de Chile no esperó el aviso de las negociaciones de La Paz para dar sus ór-denes para aquella ocupación.
Esta deducción cronológica demuestra que las últimas gestiones del encargado de negocios Videla no tuvieron otro objeto que ganar tiempo para llevar a cabo las nefas-tas intenciones chilenas.
EL DIARIO, 8 de Febrero de 1928
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