Normativa favorece a productores afectados por lluvias
La resolución 076/2014 dispone la suspensión del cobro de los créditos vigentes por seis meses otorgados por las entidades del sistema financiero nacional.
Las entidades financieras definirán caso por caso la situación de los afectados (por las inundaciones, riadas y deslizamientos) y establecerán las condiciones de pago en función de la situación real de los deudores, estableciendo nuevas condiciones para el pago del capital, intereses corrientes y penales, así como determinar un nuevo plazo según corresponda, sin modificar el estado de la operación, ni la calificación del deudor, señala la resolución 076/2014 emitida por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
La directora ejecutiva de la entidad reguladora, Lenny Valdivia, aclaró que la disposición no implica una reprogramación de los créditos y de sus condiciones iniciales de amortización pactadas entre partes.
ALCANCES
Los productores agrícolas, agropecuarios y las familias de bajos ingresos que hayan perdido sus cultivos, sus bienes y el hato ganadero se beneficiarán con una tolerancia de seis meses en el pago de sus obligaciones crediticias ante en el sistema financiero nacional, dice la resolución.
Esta determinación rige a partir del 31 de enero pasado y comprende a los productores y familias de bajos ingresos en los departamentos de La Paz, Beni y Cochabamba además de 15 municipios de Chuquisaca, Potosí, Beni, La Paz y Cochabamba declarados en emergencia y alerta roja por el decreto 1878 afectados por las recientes inundaciones y riadas en las regiones central, sur y el noreste del país. La disposición está contenida en la resolución de la ASFI, en fecha 18 de febrero.
IDENTIFICACIÓN
Explicó que las entidades financieras realizarán, una vez que bajen las aguas, una evaluación e identificación de los prestatarios afectados a objeto de aplicar el tratamiento especial sustentado en el principio de solidaridad que observa la Constitución Política del Estado.
“Los fenómenos climatológicos que afectan al país son hechos de fuerza mayor, ajenos a la voluntad de las personas afectadas, las cuales tienen créditos contratados con las entidades de intermediación financiera que brindan esos servicios en el territorio nacional”, sostiene la disposición.
La misma no incluye la situación de las garantías semovientes o de los bienes de capital como maquinaria o equipos que en muchos casos podrían haberse deteriorado o perdido por efecto de las lluvias.
INTERESES
La medida señala que los bancos, mutuales y cooperativas no procederán a cobrar en ese período intereses ni capital y que los recursos acumulados pendientes de pago no podrán ser capitalizados, según explicó la directora de la ASFI. Tampoco los prestatarios serán incorporados en los seis meses de tolerancia a la central de información (riesgos) del sistema financiero por sus obligaciones pendientes de pago. La determinación alcanza también a operaciones de crédito que tengan vencimientos previos al 31 de enero 2014 y a aquellas que estén en ejecución, dijo la autoridad.
El artículo segundo de la resolución señala también “la suspensión de las acciones de cobro extrajudicial o judicial para las operaciones de crédito que al 31 de enero 2014, se encontraban en estado vencido o en ejecución, postergando las mismas hasta después de concluido el período de tolerancia”.
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