Concejal recuerda prohibición del juego con agua en carnaval


La presidenta de la Comisión de Educación y Cultura del concejo Municipal, Delia Peñaloza, recordó que la Ordenanza Municipal Nº 31/2012, que establece la prohibición del juego con agua para preservar este recurso, continúa vigente en la urbe alteña.

“El Concejo Municipal aprobó una Ordenanza Municipal el 11 de febrero del 2012, que establece la prohibición del juego con agua en Carnavales, esto para no derrochar este líquido elemento tan fundamental para la vida humana”, informó la Presidenta de la Comisión de Educación y Cultura del Legislativo edil.

Asimismo, la autoridad indicó que es importante la sensibilización y concientización para evitar el derroche del agua potable, en especial en carnavales. “La norma está dirigida a la población en general y estudiantes de las unidades educativas, además tiene el objetivo de enseñar no sólo a cuidar este valioso recurso sino también a vigilar el correcto uso del mismo en el mes de carnaval y durante todo el año”, sostuvo a través de un boletín de prensa.

Esta ordenanza establece en su artículo segundo que “queda prohibido el uso de juegos con agua, globos con agua y otros que desperdicien o malgasten este líquido elemento, asimismo, se prohíbe la venta de agua en toda forma, con el decomiso de estos productos en las fiestas de Carnaval”.

Según Peñaloza, en muchas ciudades de Bolivia, la celebración carnavalesca está asociada a una práctica irresponsable por parte de quienes desperdician el agua potable arrojándola contra otras personas en la calle, o a vehículos de transporte público y hasta en los centros de trabajo.

“La idea es revertir la paradójica situación a la que nos enfrentamos todos los veranos cuando, con mucha indignación, observamos que precisamente donde más escasea el agua, más derroche se produce”, manifestó la concejala.

Sostuvo también que la reglamentación establece que todos los productos decomisados (nieve artificial, objetos que contengan agua para fines de diversión como ser turriles, baldes, bañadores bolsas, globos con agua y sustancias agotadoras de ozono)  deben ser sometidos a una destrucción controlada bajo normas de medioambiente, conforme a la Ley Nº 1333.

 
Revistas
Publicidad
Portada de HOY

JPG (759 Kb)      |       PDF (379 Kb)



Cotizaciones
1 Dólar:6.96 Bs.
1 Euro:9.40 Bs.
1 UFV:1.91974 Bs.

Publicidad