Aborto: asesinato de inocentes

Felipe Rodríguez Álvarez

Es impresionante observar como cierta gente espera con ansiedad la puesta en vigencia de una nueva ley que despenalice el delito de Aborto, es decir que no la persiga ni castigue, como actualmente acontece, cuando se mata a traición y sobre seguro un ser vivo en el seno materno, haciendo uso de tijeras, cucharas y otros objetos, o cuando se usa algún abortivo para expulsarlo muerto del seno materno antes de tiempo. Hecho que se castiga, según imaginamos, por atentar contra la vida del nuevo ser y por la temeridad del agente que lo practica, que se muestra como un ser miserable, que sólo vela por sus intereses personales, sin importarle la vida del nuevo ser en gestación.

Por tanto es capaz de cometer cualquier crimen horrendo, sin escrúpulo, puesto que mata sin motivo que lo justifique, sin importarle la vida del ser en gestación, que pudo estar predestinado a cambiar el actual estado de cosas de un mundo que se desintegra por sus perversiones sexuales, entre otras cosas.

No obstante la gravedad de este hecho delictivo, que amerita una sanción más grave de la que actualmente rige, para escarmentar al que lo practica y también para frenar a los intentan cometerlo, todavía se afirma con arrogancia que con este homicidio calificado, aborto, se trata de limpiar el honor de la persona que la ha manchado con un embarazo no deseado, del cual sólo ella es responsable. Ese honor para algunas personas puede valer más que todo el oro del mundo y, por lo mismo, era su deber insoslayable cuidarlo a cualquier precio.

Empero, lejos de actuar con este sentido normal y responsable, tal vez tomó su sexualidad como cualquier cosa de este mundo cruel y materialista, y quedó embarazada cuando menos esperaba, y ahora quiere deshacerse a como dé lugar, del nuevo ser que yace indefenso en el seno materno, como si se tratará de una parte más de su cuerpo, haciendo coincidir esta siniestra manera de actuar con lo proclamado por cierta psicóloga, quien dijera “yo dirijo mi sexualidad conforme a mis intereses personales”. ¿Querrá decir acaso que el sexo puede ser usado para destruir al género humano, con tal de alcanzar una aparente felicidad pasajera?, esto no parece lógico porque la felicidad tiene que ser duradera en el tiempo y el espacio.

En realidad con el aborto no se elimina una parte del cuerpo de la persona, sino a un nuevo ser que no es idéntico al padre o la madre, no es una copia, aunque tiene algunos rasgos de ambos. Por lo tanto, ¿qué derecho le asiste al padre o a la madre para consentir el descuartizamiento de una persona en el seno materno? Por supuesto, ninguno que se conozca, esto simplemente es un brutal y cobarde asesinato que, lamentablemente, no está sancionado como tal por el Art. 252 del Código Penal, sino que está penado por el Art. 263 del citado cuerpo legal con dos a seis años de cárcel.

Esta sanción, por supuesto, no intimida ni escarmienta a la persona que se dedique al lucrativo negocio del aborto. Por el contrario, esta sanción al parecer piadosa hace que se practique este execrable crimen no sólo en algunas clínicas clandestinas de zonas populares de la ciudad, sino también en otros centro de salud de zonas residenciales, sin que nadie pare en seco la consumación de este horrendo y sangriento hecho que no solamente pone fin a la vida del nuevo ser en gestación, sino que también, más de una vez, igualmente pone fin a la vida de la madre, quien después de una dolorosa agonía deja de existir en medio del llanto de sus familiares.

Este hecho recién da origen a la persecución de los responsables por parte de la autoridad, con el resultado insuficiente de uno o dos “aborteros” interceptados en algún barrio populoso de la ciudad, con lo queda justificada la tan decantada lucha frontal contra el crimen, cuando se comenta que en otros centro de salud de los barrios residenciales se practica aborto criminal, sancionado por los Arts. 263, 264, 265, 267,268 y 269 (diferentes categorías de aborto) del Código Penal, y no se sanciona el mismo por falta de información especializada que debían dar sobre el tema las clínicas y centros de salud. Esto tampoco permite diseñar una política criminal que al menos atenué la presencia de esta lacra social, y no puede eliminarla de raíz a mediano o largo plazo.

Se dice que la nueva norma que regula el “aborto” seguirá considerando este hecho como delito, lo que ha sido enaltecido y saludado no sólo en Bolivia sino en el mundo; pero lo peligroso está en lo que se comenta en sentido de que para abortar no se necesitará orden judicial, por tanto, cundirá el aborto como no se había visto antes. Es decir que se producirán “hecatombes” de seres inocentes para restablecer un supuesto honor no mancillado por ellos, con el consiguiente enriquecimiento de quienes practiquen este mal llamado aborto sin castigo ¿Eso es justicia? naturalmente que no, es injusticia, porque se estará vulnerando el derecho a la vida desde el momento de la concepción del nuevo ser en el seno materno, Art. 15.1 de la CPE.

En una palabra, con la no exigencia de orden judicial para practicar el aborto, simplemente se habrá ampliado desmesuradamente el paraguas de protección al aborto sin sanción, en beneficio de quienes ven en las relaciones sexuales un fin en sí mismo, individual y egoísta, y no como un medio para un fin supremo, como es perpetuar la especie humana con sus penas y alegrías.

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