En entrevista con EL DIARIO, el profesional en normativa de vida silvestre de la dirección de biodiversidad Rodrigo Herrera Sánchez informó que la caza y uso inadecuado de fauna y flora silvestre se debe a un desconocimiento total de las normas que los protegen.
Desde el año 1990, en función al gran desmedro de población de fauna y flora que dejaron los 80 y 70 en Bolivia existe veda en toda la región, “el régimen está vigente y se debe conservar y proteger a la fauna silvestre”, dijo.
“Existe un desconocimiento de las normas e instancias del orden público, se deben explicar de forma previa estas normas para que se pueda actuar de forma administrativa o penal de la fauna silvestre”, dijo
Dentro de algunas normas vigentes en Bolivia y dentro del Marco Constitucional en el Numeral 1 del parágrafo 2 del artículo 299, que señala que todos los niveles del Estado, Central, Departamental y Municipal tienen competencias concurrentes y deben encargarse de preservar la fauna silvestre y el medioambiente, es decir que todas “las instituciones pueden realizar fiscalización, control monitoreo para la preservación”.
Por otro lado, los decretos supremos 22641 y 25458 y el Régimen Nacional en lo concerniente a la vida silvestre y el régimen de veda indefinida, señala “no se puede realizar actividades de caza, acopio, tenencia acondicionamiento de animales, plantas u otros”.
Sin embargo, aclaró que la Constitución Política autoriza a los pueblos indígenas originarios utilizar la fauna y flora silvestre para la supervivencia y subsistencia de los comunarios.
Por otro lado, la Ley 4040 prohíbe también la exposición de animales silvestres y domésticos se encarga el municipio y el departamento.
La Ley 1333 es una norma rectora respecto a los instrumentos de gestión ambiental, tiene un capitulo que concierne a la fauna silvestre, establece y define también que la fauna como un recurso natural y objeto de control.
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