El plazo para el pago del Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), correspondiente a la gestión 2013, fenece impostergablemente el miércoles 30 de abril. Las empresas que realizan actividades en los sectores de comercio, servicios, seguros, banca y otros deben cumplir con esta obligación tributaria, según reporte del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN).
Los contribuyentes del Régimen General deben presentar la Declaración Jurada a través de los formularios 500, 520 y 510, este último para profesionales independientes y otros oficios.
Los contribuyentes remitirán sus estados financieros a través de la Oficina Virtual adjuntando el formulario 605v4, con lo cual se evitarán multas y sanciones y el ingreso al Registro de Riesgo Tributario.
La alícuota del IUE alcanza al 25 por ciento sobre las utilidades netas en el caso de las empresas y del 25 por ciento sobre la utilidad neta presunta en el caso de los que ejercen profesionales liberales u oficios en forma independiente, según establece la normativa tributaria vigente. Adicionalmente la banca debe tributar la alícuota adicional de 12.5 por ciento al 25 por ciento del IUE, lo que en opinión de este sector ha contribuido a la caída de las utilidades durante la pasada gestión.
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