Privados ven difícil crédito bancario a Mypes para cubrir ajuste salarial



FERNANDO CÁCERES, PRESIDENTE DE LA CÁMARA NACIONAL DE COMERCIO.

El presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Fernando Cáceres, expresó sus dudas de que las entidades financieras puedan otorgar créditos a los empresarios que lo soliciten, para pagar a los trabajadores el incremento salarial retroactivo al mes de enero. Cáceres indicó que las micro y pequeñas empresas tienen problemas financieros en efectivizar el aumento salarial, porque sus dirigentes señalaron que sus afiliados no pueden cumplir con esta obligación.

“Algunas (empresas) van a tener que prestarse plata, van a tener que prestarse dinero para pagar el retroactivo, pero yo no sé, si vos fueras banquero vas a tener que ver con mucha calma si vas a tener que prestar a alguien que no tiene para pagar sueldos, es una situación muy difícil”, manifestó Cáceres.

El empresario mencionó que el alza salarial causará una reducción en los excedentes logrados por las empresas que debieron haber sido destinados a la reinversión: “Cuando inviertes menos ¿qué pasa? creces menos y cuando creces menos ¿qué pasa? contratas menos y (…) nos volvemos menos competitivos”.

Al respecto, el ministro de Trabajo, Daniel Santalla, reconoció este miércoles que existe una preocupación de parte de los representantes de los micro y pequeños empresarios sobre este tema y mencionó que el Ministerio de Economía está elaborando el proyecto de decreto de regulación de las tasas de interés para créditos productivos que compensará el gasto que hará este sector en el aumento salarial.

“El Ministerio de Economía está estudiando la posibilidad de bajar las tasas de interés (del sector productivo) que va a facilitar a la pequeña industria, a la microempresa (para) que ellos puedan acceder a créditos con tasas bajas”, señaló Santalla.

El Ministerio de Trabajo informó la semana anterior que el reglamento del decreto 1988, que dispone el aumento a la masa salarial del 10% y al salario mínimo nacional (SMN) del 20%, señala que los convenios a los que lleguen trabajadores y empleadores deben ser presentados ante su despacho hasta el 1 de septiembre. El pago retroactivo a enero deberá ser cumplido hasta el 31 de julio. También se indica que el incremento salarial es para todos los trabajadores, cualquiera sea la modalidad de trabajo y nadie deberá ganar menos de Bs 1.440. Sin embargo el incremento no es obligatorio para los empleados del sector privado que ocupen los cargos de presidentes, vicepresidentes, directores ejecutivos, miembros de los directorios, directores generales, gerentes, subgerentes, directores y subdirectores.

 
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