Israel Camacho Monje
El ciudadano común no puede menos que lamentar que las leyes de protección a la niñez y adolescencia en nuestro país, sobre los casos violación sexual, sean tan leves y hasta permitan que el violador una vez sorprendido infraganti y aprehendido y detenido preventivamente en las celdas policiales, lo primero que hace es “acogerse al derecho del silencio”, dizque hasta que cuente con el asesoramiento de un abogado.
Abogados por tongadas han instalado sus oficinas móviles en patios y corredores de los recintos policiales, donde ofrecen sus servicios jurídicos a cuanto violador sexual lo requiera, y claro está previa garantía de que en menos que canta un gallo estarán libres, para seguir delinquiendo.
Abogados que una vez contratados por el violador sexual, lo primero que hacen es informarse sobre la vida íntima de las víctimas, niñas o adolescentes, y según los datos proporcionados, tanto por vecinos enemigos como despechados enamorados, planificar una acción de chantaje, mediante el cual se les hace conocer a los progenitores, por un lado, que tienen pruebas contundentes de que las “niñas no habían sido tan niñas, ni la adolescentes tan inocentes”, y por el otro, en tono amenazante exigir que se retracten de las falsas y graves sindicaciones que han hecho contra sus clientes o, en caso contrario, atenerse a las consecuencias de un juicio por difamación y menoscabo de la honorabilidad de sus clientes y sus familias.
Muchas familias de escasos recursos económicos no tienen recursos para enfrentar tales amenazas o chantajes y, en el común de los casos, resignadamente se ven obligadas a retirar la denuncia y, aún más, pedir disculpas públicas al autor del vejamen sexual.
Violadores sexuales han convertido a los recintos policiales en una especie de alojamientos públicos, por sus continuas entradas y salidas y, claro está, agradecen a los funcionarios policiales por permitirles taparse sus rostros para no ser identificados, y a sus abogados por sus eficientes y reprochables servicios extra-profesionales.
Por todo lo anterior, el ciudadano común no alcanza a comprender desde qué punto de vista se ha calculado el castigo de sólo 2 a 4 años de cárcel para los violadores sexuales de menores de edad, ya que así como han echado por la borda su “inocencia, niñez, adolescencia y dignidad de personas”, también les han truncado “toda su existencia”.
El ciudadano común considera que el castigo ejemplar para estos depravados debe ser, si verdaderamente se quiere extirpar la violación sexual contra menores de edad, de 12 años de cárcel sin derecho a indulto y, por supuesto, la debida castración, para que dentro de las celdas carcelarias no sigan violando. ¿Verdad que sí?
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