[Alberto Zuazo]

Punto aparte

Acerca del secreto periodístico


La Procuraduría del Estado incurrió en insólita equivocación, al dirigir sus dardos a la libertad de expresión y de prensa. Pareciera que, en algunos niveles oficiales, existe una fijación para escarmentar a algún periodista o medio de comunicación, mediante la justicia.

Si a su entender era necesaria una investigación para conocer el origen de un informe periodístico, sobre la posición boliviana en el trámite abierto en la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya, Holanda, lo que correspondía era realizar la averiguación exhaustiva entre las personas y funcionarios que manejaron la documentación del caso y no requerir un juicio penal contra un diario local.

Aparte, no se tuvo en mente que el periodismo, no sólo de Bolivia, sino del mundo entero, tiene la aptitud profesional de “encontrar” la noticia donde menos pueda imaginarse. Esto ocurrió en el país muchas veces en el pasado y, ni duda quepa a nadie, lo seguirá haciendo.

En el exterior sucede lo mismo, siempre se guarda el secreto periodístico. En algunas ocasiones, incluso, fueron encarcelados los periodistas que no revelaban la fuente que les proporcionó algún informe o el contenido de documentos oficiales que se tenía como reservados. Y no es por gusto o capricho que aplican esta norma, sino porque la “fuente” pide la confidencialidad y el periodista está comprometido éticamente a observarla, a cualquier costo.

Además, es elocuente que el propio procurador, Héctor Arce, hubiera admitido, en declaración a la agencia de noticias ANF, que muchos de los datos divulgados son “incorrectos (y) no corresponden a la verdad”… “pero pueden generar susceptibilidades sobre el interés nacional”.

De lo anterior, se desprende que no tiene la trascendencia mayúscula que la misma autoridad le otorgó al caso, sino que su propósito habría sido someter al periodismo a sus conveniencias e intereses, sean profesionales o políticas.

Supuso, así, que era la oportunidad propicia para obligar al periodismo a quebrantar su máxima responsabilidad profesional, cual es el de observar el secreto de imprenta, cualquiera sea el riesgo a correr, como es el de los sacerdotes católicos, de callar de por vida el contenido de las confesiones que les hacen los fieles, aun a costo de la muerte.

Insistimos, lo más procedente, simple y viable, era que la investigación sea interna. A menos que la intención haya sido siempre la de “matar a la paloma” y no al autor del disparo. Es decir, al periodismo y no a colaboradores y funcionarios de su dependencia.

Pues, está muy claro que no era necesario provocar un escándalo y dar la sensación pública, interna y externa, de que la política boliviana es víctima del espionaje chileno, lo que magnificó innecesariamente un trámite que, como dijo el canciller Choquehuanca, en la Asamblea de la OEA, tiene un espíritu de paz y amistad.

El Gobierno planteó ante dicho Tribunal que emita un fallo que posibilite la apertura de un diálogo formal con Chile, respecto a la recuperación de una salida libre y soberana al océano Pacífico, en reparación a la mediterraneidad a la que sometió a Bolivia, con su guerra de conquista en 1879.

La Procuraduría del Estado, que en la apariencia confronta ciertas carencias legales, requirió un juicio ordinario penal contra un periodista y la directora de un medio, por haber publicado en un suplemento suyo, de fecha 13 de abril, el artículo investigativo titulado “De cómo en la demanda marítima triunfó la idea de los “actos unilaterales”. Hacía referencia al documento que dos días después el presidente Morales acompañó a su presentación en la Corte de la Haya, con aparatosidad publicitaria.

Pasemos por alto que Arce pudo errar en el procedimiento, pero lo más sorprendente e inaceptable es que el juez Jhonny Machicado Apaza, que recibió la demanda, ordene, sin tomarles declaraciones previas a los encausados, como corresponde regularmente, que éstos le informen imperativamente el origen de la información publicada, acatando la demanda del Procurador.

La pretensión del juez, con semejante dictamen, estaba atentando contra la Ley de Imprenta, que data de 1925, la cual establece que los periodistas no pueden cometer infidencia alguna en el “secreto de fuente”, por considerar que es la base de su comportamiento ético.

Pero, el asunto no queda ahí, sino que ignoró que los eventuales “delitos” de prensa pueden ser tratados, únicamente en los tribunales de imprenta, los que deben ser organizados por las Municipalidades de todas las capitales de los departamentos del país. En La Paz está constituido dicho Tribunal.

Únicamente, en caso de que estos tribunales encuentren que, efectivamente, se cometió un “delito” ordinario, dispone que la causa pase a la justicia, para que proceda al trámite del juicio correspondiente al o a la periodista involucrados en la demanda.

Resulta importante y orientador, para los propios organismos públicos, que la ministra de Comunicación, Amanda Dávila, pusiera en claro que el “fallo del Juzgado 1º de Instrucción en lo Penal es una aberración jurídica. La Justicia Ordinaria no tiene competencia en el caso de La Razón”. Esta declaración hizo la ministra en su cuenta de Twitter.

A su vez, el presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional, Efrén Choque, en declaración de prensa, afirmó que la Ley de Imprenta está plenamente reconocida en la Constitución. Se refirió al Art. 107 II de la CPE.

El periodismo es el equivalente a una gran familia, a nivel interno e internacional. Cada uno de sus miembros, como sucede en los hogares comunes, tiene el derecho de adoptar sus propias posiciones u ópticas individuales. Empero, cuando se pretende atentar contra la integridad de la familia, la reacción es única y coherente. Ello está sucediendo actualmente, con una serie de pronunciamientos de distintos organismos y medios del país y del exterior.

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